Ayuntamiento de Budia
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial de fecha 28 de abril de 2014, aprobatorio de la Modificación de la Ordenanza municipal reguladora de Estacionamiento de vehículos en el casco urbano de Budia, cuyo texto se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Modificar el artículo 2.º y 3.º de la Ordenanza municipal reguladora de Estacionamiento de vehículos en el casco urbano de Budia, en los siguientes términos:
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Queda prohibido estacionar:
En la calle Teniente Verde:
Desde el n.º 10 hasta la esquina con la calle San Sebastián.
Artículo 3. Señalización.
La prohibición de aparcar se situará entre el número 10 y la esquina con la calle San Sebastián.
Y se comunicará a los vecinos con antelación suficiente mediante bandos, carteles informativos e información verbal.
Contra el presente acuerdo, se interpondrá recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Budia a 28 de julio de 2014.– El Alcalde, Carlos María de Silva Domínguez.