AYUNTAMIENTO DE FUENTELENCINA
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Al no haberse presentado reclamaciones al acuerdo del pleno de 12 de noviembre de 2025 publicado en el BOP número. 221 de 18/11/2025 durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de Modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de Tasa Sepultura, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 17.4 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
Donde dice “Sepultura de 4 cuerpos cuota: 3200 €” , se modifica y debe decir «Sepultura de 4 cuerpos cuota: 4000 €»
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Fuentelencina a 7 de enero de 2026. El Alcalde. Santos López Tabernero





