AYUNTAMIENTO DE EL RECUENCO
3324
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de la Gestión Municipal del Aprovechamiento Cinegético, publicada en el BOP de Guadalajara n.º 172, de 9 de septiembre de 2025, y conforme a lo previsto en los artículos 44 y 47 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), se publica el texto íntegro del Decreto de Alcaldía, junto con los anexos normalizados que deberán acompañar a las solicitudes.
DECRETO DE ALCALDÍA
Visto el informe económico-financiero de fecha 6 de noviembre de 2025, emitido por técnico competente, que justifica la fijación de los precios públicos aplicables al aprovechamiento cinegético para la temporada 2025/2026en el coto GU-10.958 “Villa de El Recuenco”, conforme al artículo 47 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Visto lo dispuesto en la Ordenanza Reguladora de la Gestión Municipal del Aprovechamiento Cinegético, publicada en el BOP de Guadalajara nº 172, de 9 de septiembre de 2025.
Visto que mediante resolución de la Delegación Provincial de la Consejería de Desarrollo Sostenible de fecha 31 de octubre de 2025 se ha otorgado al Ayuntamiento de El Recuenco la licencia de aprovechamiento de caza en el Monte de Utilidad Pública nº 49, lote I, para la temporada 2025, como titular del Coto GU-10.958.
Considerando que la temporada cinegética ya ha comenzado y que, por causas ajenas a los interesados, no ha sido posible tramitar antes la apertura del procedimiento de adjudicación de tarjetas, procede reducir excepcionalmente el plazo de solicitud, en de los principios de eficacia, proporcionalidad y buena administración.
RESUELVO
Primero. Aprobar el plazo de presentación de solicitudes para la obtención de tarjetas de caza, que será de cinco (5) días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Segundo. Fijar el número máximo de tarjetas de temporada disponibles en cincuenta (50), conforme a lo establecido en el Plan de Ordenación Cinegética y a los criterios de sostenibilidad e interés general recogidos en la Ordenanza reguladora.
Tercero. Aprobar los siguientes precios públicos (IVA incluido), determinados en base al informe económico-financiero de fecha 6 de noviembre de 2025, que se incorpora al expediente:
- Tarjeta de temporada:
- Cazador local: 300,00 €
- Cazador vinculado: 350,00 €
- Cazador foráneo: 1.500,00 €
Cuarto. Las solicitudes deberán presentarse por registro municipal o a través de la sede electrónica (https://elrecuenco.sedelectronica.es), mediante los anexos facilitados y con la documentación exigida por la Ordenanza. Finalizado el plazo, se dictará resolución de adjudicación. En caso de concurrencia superior al número de tarjetas disponibles, se aplicarán los criterios de preferencia establecidos en la Ordenanza.
Quinto. Publíquese el presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica municipal, a efectos de publicidad y cómputo de plazos.
En El Recuenco, a 6 de noviembre de 2025. EL ALCALDE. Fdo.: Enrique Collada Sánchez.





