Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
4489
NIG: 19130 44 4 2012 0100958
N28150
Ejecución de Títulos Judiciales 238/2012
Procedimiento origen: Despido/Ceses en general 373/2012
Sobre
Ejecutante D./D.ª María Presentación Delgado Martín
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
D./D.ª EVICAR España Comercio de Vehículos Industriales S.A., EVICAR Patrimonio Inmobiliario S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento Ejecución de Títulos Judiciales 238/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./D.ª María Presentación Delgado Martín contra la empresa EVICAR España Comercio de Vehículos Industriales S.A., EVICAR Patrimonio Inmobiliario S.L., se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
DECRETO DE FECHA 24 DE SEPTIEMBRE DE 2013.
Y para que sirva de notificación en legal forma a EVICAR España Comercio de Vehículos Industriales S.A., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a veinticinco de septiembre de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.
NIG: 19130 44 4 2012 0100958
9601A0
N.º autos: DSP: 373/2012 del Juzgado de lo Social n.º 1
N.º ejecución: Ejecución de Títulos Judiciales 238/2012
Ejecutante/s: María Presentación Delgado Martín
Abogado:
Representante Técnico Procesal:
Ejecutada/s:
Abogado:
Representante Técnico Procesal:
DECRETO
Secretario/a Judicial D./D.ª María del Rosario de Andrés Herrero.
En Guadalajara a veinticuatro de septiembre de dos mil trece.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- María Presentación Delgado Martín ha instado la ejecución de frente a EVICAR España Comercio de Vehículos Industriales, S.A. y EVICAR Patrimonio Inmobiliario S.L.
SEGUNDO.- Se ha dictado auto despachando ejecución de fecha 8 de octubre de 2012, por importe de 43.818,55 euros de principal y 4.381,85 euros que se fijan provisionalmente para intereses y costas.
TERCERO.- Con fecha 8 de octubre de 2012 se dictó decreto acordando embargo de cuentas corrientes y devoluciones pendientes de la Agencia Tributaria, con resultado negativo hasta el día de la fecha.
CUARTO.- La ejecutante doña María Presentación Delgado Martín en fechas 3 de julio de 2013 y 9 de julio de 2013 presenta los anteriores escritos que se unen a la ejecución solicitando proceder a la anotación preventiva de embargo de la urbana que figura inscrita a favor de EVICAR Patrimonio Inmobiliario S.L. inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 2 de Guadalajara.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Habiéndose dictado orden general de ejecución mediante auto de fecha 8 de octubre de 2012, el/la Secretario/a Judicial responsable de la ejecución ha adoptado como medida/s ejecutiva/s el embargo de la Finca n.º 9129 inscrita en el Registro de la Propiedad de Guadalajara, n.º 2; debiendo librarse mandamiento al Registrador de la Propiedad para que haga la anotación preventiva de embrgo de conformidad a lo ordenado en el art. 629 de la LEC.
SEGUNDO.- El art. 255 de la LJS dispone:
“1.- Si los bienes embargados fueren inmuebles u otros inscribibles en Registros Públicos, el Secretario Judicial ordenará de oficio que se libre y remita directamente al Registrador mandamiento para que practique el asiento que corresponda relativo al embargo trabado, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes.
2.- El Registrador deberá comunicar a la Oficina Judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado.”
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
- El embargo de bienes propiedad de ejecutado EVICAR Patrimonio Inmobiliario S.L., finca de Azuqueca de Henares (Guadalajara) n.º 9129 IDUFIR 19011000035617. Naturaleza urbana: Parcela señalada con el número 19-B del Polígono “ localización: Miralcampo de Arriba $#8221, en el término de Azuqueca de Henares, señalada con el n.º seis de la calle Cerámica. Superficie: de diez mil ochocientos noventa y siete metros trescientos ochenta y tres milímetros cuadrados, que linda: norte, en línea recta de 133,492 metros, con las parcelas quince y diecisiete unidas; al este, con la carretera de Madrid a Barcelona en línea recta de 99,845 metros; al sur, en línea de 104,773 metros y en otra de 35,121 metros, con la parcela 19-A; y oeste, en línea de 80,613 metros, con la parcela 19-A, y en otro parte, en la Plaza Este a la calle 5 del Polígono.Sobre dicha finca existe en construcción un edificio de dos plantas, con una superficie total en planta baja de dos mil cinco metros con cinco decímetros cuadrados, quedando unas superficies libres de ocho mil ciento noventa y un metros cinco decímetros cuadrados sin ningún tipo de edificación ni arbolado. Se proyectó su estructura lo mas diáfana posible de hormigón prefabricado con luces de veintiocho metros e intereses de diez metros. La zona de taller de reparación, de ochocientos noventa y seis metros cuadrados se diseña con énfasis en la mayor funcionalidad y rendimiento del espacio, evitando las circulaciones interiores dotando a cada puesto de trabajo de acceso directo desde el aparcamiento. A continuación se desarrolla una zona común a taller y a almacén de recambios que alberga en dos plantas la administración de los departamentos así como aseos de personal, espacios destinados a cursillos, cantina y espera de clientes. El almacén de recambios, con quinientos cincuenta metros cuadrados se desarrolla a continuación con seis metros de altura libre como el taller y acceso por la fachada noreste. Siguiendo la misma línea estructural se deseña la zona de exposición de doscientos ochenta metros con cinco metros de altura libre que alberga también la entrada principal y recepción conectando con la zona de oficinas que se desarrolla en dos alturas y cuatrocientos metros de superficie total. Referencia catastral: 6886210VK7868N0001TQ. Inscrito en el Registro de la Propiedad de Guadalajara n.º 2. Inscripción: Nombre titular EVICAR Patrimonio Inmobiliario S.L., NIF n.º B85354365, tomo: 1980, libro: 292, folio: 141, alta: 10, y todo ello para cubrir el importe 43.818,55 euros de principal más 4.381,85 euros presupuestados para intereses y costas.
- Librar mandamiento, por duplicado, para que se haga anotación preventiva del embargo trabado en estos autos, en, remitiéndose dicho mandamiento por fax, en el día de hoy, al Registro indicado, donde se extenderá el correspondiente asiento de presentación, quedando en suspenso la práctica de la anotación hasta que se presente el documento original en la forma prevista en la legislación hipotecaria.
- Asimismo, a los efectos previstos en los artículos 656 y siguientes de la LEC, expídase certificación acreditativa de los siguientes extremos:
1.º.- La titularidad del dominio y demás derechos reales de los bienes gravados.
2.º.- Los derechos de cualquier naturaleza que existan sobre los bienes embargados, en especial, relación completa de las cargas inscritas que lo graven o, en su caso, que se halla libre de cargas.
Los posibles aumentos o reducciones en dichas cantidades se irán comunicando según se vayan produciendo.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que, en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
La Secretaria Judicial.





