Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara
5021
NIG: 19130 44 4 2013 0101462
N93250
Procedimiento ordinario 1152/2012-R
Procedimiento origen:
Sobre Ordinario
Demandante D./D.ª Fundación Laboral de la Construcción I
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado: D./D.ª Molina Ortiz Saldaña Trujillo, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D.ª María del Rosario de Andrés Herrero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 1 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ordinario 1152/2012 de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Molina Ortiz Saldaña Trujillo, S.L., se ha dictado la siguiente Sentencia cuyo fallo dice:
FALLO
Estimar la demanda interpuesta por la Fundación Laboral de la Construcción frente a Molina Ortiz Saldaña Trujillo, S.L., por lo que condeno a esta última a satisfacer a la entidad demandante la cantidad de ciento cincuenta y nueve euros con setenta y siete céntimos (159,77 €).
Imponer las costas procesales al demandado en los términos dados en el fundamento cuarto.
Notificar esta resolución a las partes, a las que se les hace saber que, contra la misma, de conformidad al art. 191.2.g) de la LRJS, no cabe interponer recurso.
Así, por esta mi Sentencia, de la que se unirá testimonio literal a la causa, definitivamente juzgando, la pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación en legal forma a Molina Ortiz Saldaña Trujillo S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En Guadalajara a veinticinco de septiembre de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial.





