AYUNTAMIENTO DE MARANCHÓN
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Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
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Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Crédito Extraordinario |
Créditos finales |
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Progr. |
Económica |
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454 |
61900 |
Caminos vecinales. Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes destinados al uso |
0,00 € |
50.000 € |
50.000 € |
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TOTAL |
0,00 € |
50.000 € |
50.000 € |
Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicaciones, en los siguientes términos:
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
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Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Bajas o anulaciones |
Créditos finales |
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Progr. |
Económica |
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231 |
62200 |
Inversión nueva para servicios en edificios y otras construcciones |
85.832,99 € |
50,000 € |
35.832,99 € |
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TOTAL BAJAS |
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35.832,99 € |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171. 3 Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Maranchón, 12 de diciembre de 2025. Fdo. El Alcalde, Alejandro Jesús Atance Sánchez





