AYUNTAMIENTO DE HITA
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de Créditos con cargo al Remante Líquido de Tesorería, al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1, por remisión del 179.4, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Estado de ingresos
870.00 |
Remante de Tesorería |
46.580,00€ |
Estado de Gastos
Acondicionamiento Vías Publicas |
609.00 |
46.000 |
Asociación Cultural de Hita |
489.00 |
400,00 |
Asociación San Cristóbal de Padilla |
489.00 |
180 |
TOTAL |
46.580,00 |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Guadalajara, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Hita, a 16 de mayo de 2025. Alcalde-Presidente.- Ignacio Ayuso Blas