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Cantalojas
Cardoso de la Sierra (El)
Casa de Uceda
Casar (El)
Casas de San Galindo
Caspueñas
Castejón de Henares
Castellar de la Muela
Castilforte
Castilnuevo
Cañizar
Cendejas de Enmedio
Cendejas de la Torre
Cendejas del Padrastro
Centenera
Checa
Chequilla
Chillarón del Rey
Chiloeches
Cifuentes
Cincovillas
Ciruelas
Ciruelos del Pinar
Ciudad Real
Cobeta
Cogollor
Cogolludo
Condemios de Abajo
Condemios de Arriba
Congostrina
Copernal
Corduente
Cubillo de Uceda (El)
Cuenca
Cuevas Labradas
Driebes
Durón
Embid
Escamilla
Escariche
Escopete
Espinosa de Henares
Esplegares
Establés
Estriégana
Fontanar
Fuembellida
Fuencemillán
Fuentelahiguera de Albatage
Fuentelencina
Fuentelsaz
Fuentelviejo
Fuentenovilla
Gajanejos
Galve de Sorbe
Galápagos
Gascueña de Bornova
Guadalajara
Gualda
Gárgoles de Abajo
Gárgoles de Arriba
Henche
Heras de Ayuso
Herrería
Hiendelaencina
Hijes
Hita
Hombrados
Hontoba
Horche
Hortezuela de Océn
Huerce (La)
Huertahernando
Hueva
Humanes
Huérmeces del Cerro
Illana
Iniéstola
Inviernas (Las)
Irueste
Jadraque
Jirueque
La Nava
Ledanca
Loranca de Tajuña
Lupiana
Luzaga
Luzón
Madrid
Majaelrayo
Malacuera
Malaguilla
Mandayona
Mantiel
Maranchón
Marchamalo
Masegoso de Tajuña
Matarrubia
Matillas
Mazarete
Mazuecos
Medranda
Megina
Membrillera
Miedes de Atienza
Mierla (La)
Millana
Milmarcos
Mirabueno
Miralrío
Miñosa (La)
Mochales
Mohernando
Molina de Aragón
Monasterio
Mondéjar
Montarrón
Moranchel
Moratilla de los Meleros
Morenilla
Muduex
Málaga del Fresno
Navas de Jadraque (Las)
Negredo
Ocentejo
Olivar (El)
Olmeda de Cobeta
Olmeda de Jadraque (La)
Ordial (El)
Orea
Otilla
Pardos
Paredes de Sigüenza
Pareja
Pastrana
Pedregal (El)
Peralejos de las Truchas
Peralveche
Peñalver
Peñalén
Pinilla de Jadraque
Pinilla de Molina
Pioz
Piqueras
Pobo de Dueñas (El)
Poveda de la Sierra
Pozo de Almoguera
Pozo de Guadalajara
Prados Redondos
Provincia (varios municipios)
Prádena de Atienza
Puebla de Beleña
Puebla de Valles
Pálmaces de Jadraque
Quer
Rebollosa de Jadraque
Recuenco (El)
Renera
Retiendas
Riba de Saelices
Rillo de Gallo
Riofrío del Llano
Robledillo de Mohernando
Robledo de Corpes
Romancos
Romanillos de Atienza
Romanones
Rueda de la Sierra
Sacecorbo
Sacedón
Saelices de la Sal
Salmerón
San Andrés del Congosto
San Andrés del Rey
Santa Cruz de Tenerife
Santiuste
Sayatón
Saúca
Selas
Semillas
Setiles
Sienes
Sigüenza
Solanillos del Extremo
Somolinos
Sotillo (El)
Sotodosos
Tamajón
Taragudo
Taravilla
Tarragona
Tartanedo
Tendilla
Terzaga
Tierzo
Toba (La)
Toledo
Tordellego
Tordelloso
Tordelrábano
Tordesilos
Torija
Torre del Burgo
Torrecuadrada de Molina
Torrecuadradilla
Torrejón de la Calzada
Torrejón del Rey
Torremocha de Jadraque
Torremocha del Campo
Torremocha del Pinar
Torremochuela
Torrubia
Tortuera
Tortuero
Traíd
Trijueque
Trillo
Tórtola de Henares
Uceda
Ujados
Utande
Valdarachas
Valdearenas
Valdeavellano
Valdeaveruelo
Valdeconcha
Valdegrudas
Valdelcubo
Valdenuño Fernández
Valdepeñas de la Sierra
Valdepinillos
Valderrebollo
Valdesotos
Valencia
Valfermoso de Tajuña
Valhermoso
Valtablado del Río
Valverde de los Arroyos
Ventosa
Viana de Jadraque
Villanueva de Alcorón
Villanueva de Argecilla
Villanueva de la Torre
Villares de Jadraque
Villaseca de Henares
Villaseca de Uceda
Villel de Mesa
Viñuelas
Yebes
Yebra
Yunquera de Henares
Yunta (La)
Yélamos de Abajo
Yélamos de Arriba
Zaorejas
Zaragoza
Zarzuela de Jadraque
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Martes, 18 Octubre 2022 08:10

MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS NÚM. 9/2022 DEL PRESUPUESTO 2022

3213

MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº9/2022 DEL PRESUPUESTO 2022
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AYUNTAMIENTO DE CIFUENTES


3213

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 9/0022 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con cargo al remanente de Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a continuación:

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

Bolsa 0.3

Aplicación

Descripción

Créditos disponibles

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Eco.

 

 

 

 

  011

35900 

Comisiones por Servicios Bancarios

215,4 €

600 € 

 815,4 €

 

 

TOTAL

 

600 €

 815,4 €

Bolsa 1.2

Aplicación

Descripción

Créditos disponibles

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Eco.

 

 

 

 

 151

22706 

ESTUDIOS Y TRABAJOS TECNICOS

-33.115,41€ 

34.000 € 

 0.884,59 €

 153

22713

REP. MTO. Y CONSERV.INFRAESTRUCTURAS(AGUA, CALLE) 

-4.357,08 €

6.000 € 

 1.642,92 €

161 

22118

ENERGIA ELECTRICA ELEVACION AGUA Y DEPURADORA 

-20.061 €

50.000 € 

29.939 € 

165

22117

ENERGIA ELECTRICA ALUMBRADO PUBLICO

-35.788,91 €

70.000 €

34.211,09 €

 

 

TOTAL

 

 155.000 €

72.677,6 €

Bolsa 2.2

Aplicación

Descripción

Créditos disponibles

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Eco.

 

 

 

 

231

22105

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

8.089,02 €

4.400 €

12.489.02 €

 231

22115

ENERGIA ELECTRICA VVDA TUTELADA, C. MAYORES, ETC.

-15.133,44 €

40.000 € 

24.866,56 €

 

 

TOTAL

 

44.400 € 

37.355,58  €

Bolsa 3.2

Aplicación

Descripción

Créditos disponibles

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Eco.

 

 

 

 

323

22116

ENERGIA ELECTRICA COLEGIOS, C.A.I., ETC.

- 6.052,74 €

15.000 € 

8.947,26 €

323

22131

COMBUSTIBLES CALEFACCION COLEGIOS Y CAI

-3.262,6 €

13.000 €

9.737,4 €

334

22600

ACTIVIDADES CULTURALES Y DEPORTIVAS

-12.961,54 €

65.000 €

 52.038,46€

338

22611

FESTEJOS POPULARES Y OTROS

20. 428,68

17.000

37.428,68

 

 

TOTAL

 

110.000 €

108.151,8 €

Bolsa 9.2

Aplicación

Descripción

Créditos disponibles

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Eco.

 

 

 

 

920

22114

ENERGIA ELECTRICA EDIFICIOS MUNICIPALES

-10.202,42 €

22.000 €

11.797,58 €

920

22604

JURIDICOS, CONTENCIOSOS

-7.364,48

10.000 €

2.635,52 €

 

 

TOTAL

 

32.000 €

14.432,9 €

 

Bolsa 9.7

Aplicación

Descripción

Créditos disponibles

Suplemento de crédito

Créditos
finales

Progr.

Eco.

 

 

 

 

920

78001

INDEMNIZACIONES RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

 4.952,15 €

3.000 €

7.952,15 €

 

 

TOTAL

 

3.000 €

7.952,15 €

Resumen total:

BOLSA

SALDO DISPONIBLE A NIVEL DEL VINCULACIÓN

MODIFICACIÓN PARTIDAS DE LA MISMA BOLSA

SALDO DEFINITIVO BOLSA

0.3

2.422,71 €

600 €

 3.022,71 €

1.2

3.830,17 €

 155.000 €

 158.830,17 €

2.2

4.245,92 €

 44.400 €

 48.645,92 €

3.2

51,80 €

 110.000€

 110.051,80 €

9.2

12.127,07 €

32.000 €

 44.127,07 €

9.7

 4.952,15 €

3.000 €

 7.952,15 €

TOTAL

 

345.000 €

 

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

Altas en Concepto de Ingresos

Aplicación: económica

Descripción

Euros

Cap.

Art.

Conc.

 8

70

00

REMANENTE DE TESORERIA PARA GASTOS GENERALES 

345.000 €

 

 

 

TOTAL, INGRESOS

345.000 € 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

  1. El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
  2. La insuficiencia del saldo de crédito no comprometido en la partida correspondiente, que deberá verificarse en el nivel en que este establecida la vinculación jurídica. 

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio inserto en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.

Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable.

Se hacen las siguientes observaciones al expediente:

  1. - La regla del artículo 32 de la LOEPSF, que conecta con el objetivo de estabilidad presupuestaria con el de deuda pública, puede no aplicarse a partir del momento en que se han suspendido las reglas fiscales por el Gobierno Central, al tratarse estas del fundamento de aquella regla.

Al no resultar aplicable la regla general, tampoco es necesaria la regla especial de destinar el superávit a inversiones financieramente sostenibles, salvo las excepciones contempladas en el artículo 3 del Real Decreto Ley 8/2020 y en el artículo 6 del Real Decreto-ley 23/2020 mencionados anteriormente. De acuerdo con lo anterior, durante el ejercicio 2020 y 2021, y posterior suspensión para el año 2022 por acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de septiembre de 2021 con motivo de la situación de estado de alarma provocada por la crisis del COVID 2019, las reglas fiscales mencionadas han quedado suspendidas.

  1. - La suspensión de las reglas fiscales tiene por objeto aliviar la situación financiera de las Entidades Locales dentro de la situación generada por la pandemia mundial, y poder hacer frente a nuevas necesidades y cambios en los servicios municipales. La suspensión de las reglas fiscales se mantiene para el año 2023 considerando la existencia de una situación de “emergencia extraordinaria”.

La suspensión de las reglas fiscales no impide la responsabilidad fiscal como muestra la previsión del Gobierno de reducir el déficit más de un 50% en dos años al pasar de un 10,3% en 2020 a un 5% en 2022

  1. - En cualquier caso, el presente escenario, posibilitando el gasto de lo “ahorrado” en años previos no significa que pueda llevar a cabo un gasto descontrolado o fuera de cualquier previsión presupuestaria. Se recuerda a la Corporación que el Presupuesto municipal debe responder a una previsión realista de los gastos a realizar e ingresos a percibir durante el ejercicio presupuestario, siendo, en el caso del gasto, no previsiones sino determinaciones.

El gasto descontrolado causa un importante perjuicio a las arcas municipales y situación de tesorería, recordándose la necesidad de disponer de las suficientes disponibilidades de crédito para afrontar las obligaciones comprometidas por el Ayuntamiento, en caso contrario, puede tener lugar situaciones de necesidad de financiación a corto y largo plazo e impagos por esta Administración.

  1. - Visto lo anterior, se encomienda a la Corporación a un control y reducción de los gastos, considerando el límite operativo de tesorería y los principios de sostenibilidad, estabilidad y racionalidad del gasto.

No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente.

Así lo manda y firma el Sr. Alcalde, D. Marco Antonio Campos Sanchis, en Cifuentes, a 14 de octubre de 2022

Información adicional

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