AYUNTAMIENTO DE LUPIANA
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El Ayuntamiento de Lupiana, en la Sesión Extraordinaria celebrada el día 14 de septiembre de 2021, adoptó el Acuerdo de Delegar en la Dirección General de Tráfico las competencias sancionadoras municipales del Ayuntamiento de Lupiana, por infracciones de las Normas de Circulación cometidas en vías urbanas.
En cumplimiento del Artículo 9.3 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, se hace público el Acuerdo de esta Delegación de Competencias.
Contra el presente Acuerdo, definitivo en vía Administrativa, podrá interponerse potestativamente Recurso de Reposición, ante la Alcaldía Presidencia, en el plazo de UN MES, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente Anuncio, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de Procedimiento Común de las Administraciones Públicas. Podrá interponer directamente Recurso Contencioso- Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, en el plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente anuncio. Si se opta por la interposición de Recurso de Reposición, no se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo, hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación por Silencio, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro Recurso que se estime más conveniente a derecho.
En Lupiana a 20 de octubre de 2021. Fdo. La Alcaldesa-Presidenta Blanca del Rio Baños