Recursos Humanos
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Mediante Resolución de esta Presidencia, de fecha 12 de febrero de 2014, inscrita en el libro de decretos y resoluciones de la Presidencia con el núm. 252, en fecha 18 de febrero de 2014, se ha aprobado la convocatoria de selección para contratación laboral temporal de personal para el desempeño de los puestos que a continuación se relacionan, con la finalidad de ejecutar los trabajos correspondientes al proyecto de la Unidad de Promoción y Desarrollo (UPD) presentado por la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara ante los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía en Guadalajara de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de conformidad con la Orden de 12/11/2013, de la Consejería de Empleo y Economía, que modifica la Orden de 15/11/2012 por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas (2014/1012), publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha n.º 221 de fecha 14 de noviembre de 2013:
EQUIPO TÉCNICO:
• 1 DIRECTOR. Licenciado o graduado en ciencias económicas, empresariales o dirección y administración de empresas.
• 1 TÉCNICO. Licenciado o graduado en ciencias económicas, empresariales o dirección y administración de empresas.
• 1 TÉCNICO. Licenciado o graduado en derecho.
• 1 TÉCNICO. Ingeniero superior de montes o agrónomo o graduado en ingeniería forestal o del medio natural o graduado en ingeniería y ciencias agronómicas o graduado en ingeniería agroambiental o ingeniería alimentaria.
• 1 TÉCNICO. Licenciado o graduado en ciencias de la ecuación, pedagogía, psicología o psicopedagogía.
• 1 ADMINISTRATIVO. Título de bachiller, FP II (rama administrativa) o equivalente.
El plazo de presentación de solicitudes se establece entre el 10 días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Guadalajara a 18 de febrero de 2014.– La Presidenta, Ana Guarinos López.
BASES DEL PROCESO SELECTIVO DEL PERSONAL DE LA UNIDAD DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL de Guadalajara
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
La presente convocatoria tiene por objeto la contratación laboral temporal de personal para el desempeño de los puestos que a continuación se relacionan, con la finalidad de ejecutar los trabajos correspondientes al Proyecto de la Unidad de Promoción y Desarrollo presentado por la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara ante los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía en Guadalajara de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de conformidad con la Orden de 12/11/2013, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se modifica la Orden de 15/11/2012 por la que se regula los programas de formación en alternancia con el empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas y se aprueba la convocatoria de talleres de empleo y unidades de promoción y desarrollo para 2013. (DOCLM núm. 221, de 14 de noviembre de 2013).
• 1 DIRECTOR. Licenciado o graduado en ciencias económicas, empresariales o dirección y administración de empresas.
• 1 TÉCNICO. Licenciado o graduado en ciencias económicas, empresariales o dirección y administración de empresas.
• 1 TÉCNICO. Licenciado o graduado en derecho.
• 1 TÉCNICO. Ingeniero superior de montes o agrónomo o graduado en ingeniería forestal o del medio natural o graduado en ingeniería y ciencia agronómica o graduado en ingeniería agroambiental o ingeniería alimentaria.
• 1 TÉCNICO. Licenciado o graduado en ciencias de la educación, pedagogía, psicología o psicopedagogía.
• 1 ADMINISTRATIVO. Título de bachiller, FP II (rama administrativa) o equivalente.
2. DURACIÓN DEL CONTRATO.
El contrato tendrá una duración de 6 meses, que podrá prorrogarse hasta 24 meses en función de la continuidad de proyecto de la Unidad de Promoción y Desarrollo.
3. JORNADA.
La jornada será de treinta y siete horas y media semanales, en horario a determinar.
4. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
a) Ser español, nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o extranjero residente en España en las condiciones recogidas en el art. 57 Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de sus funciones.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.
e) Poseer la titulación académica oficial o equivalente, expedida por centros oficiales reconocidos, requerida para el puesto al que opte, conforme se detalla en el Anexo I de las presentes bases, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes. En el caso de titulación obtenida en el extranjero deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes o cualquier otro órgano de la administración competente para ello.
f) No estar afectado por ninguno de los motivos de incompatibilidad contenidos en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, referida al personal al servicio de las Administraciones Públicas o comprometerse, en su caso, a ejercer la oportuna opción en el periodo de tiempo que prevé el artículo 10 de la citada ley.
g) Ingresar a favor de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de once euros con ochenta y un céntimos (11,81 €) para los puestos de director y técnicos, y nueve euros con sesenta y siete céntimos (9,67 €), para el puesto de administrativo, en concepto de tasa por participación en las convocatorias para la selección del personal. No obstante lo anterior, de conformidad con la Ordenanza reguladora del tributo, los sujetos pasivos que acrediten hallarse en situación de desempleo por periodo superior a seis meses, mediante tarjeta de desempleo expedida por el organismo competente en la materia, gozarán de una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota, cinco euros con noventa céntimos (5,90 €), para los puestos de Director y Técnicos, y cuatro euros con ochenta y cuatro céntimos (4,84 €), para el puesto de administrativo.
El importe de la tasa deberá hacerse efectivo en la cuenta número 0081 0668 76 0001238624, Banco Sabadell, o en la cuenta número 2100 8665 90 0200017813 de Caixabank SA, con indicación de las pruebas selectivas a que se refiere y puesto al que concurre, así como el nombre y apellidos del aspirante. Esta cantidad solamente será devuelta en los supuestos previstos en la norma reguladora. El interesado deberá presentar, junto a la instancia, el correspondiente documento acreditativo de haber abonado los derechos de examen.
5. COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN MIXTA DE SELECCIÓN DE PARTICIPANTES.
De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la precitada Orden, la Comisión Mixta de selección de participantes estará constituida por los siguientes miembros:
Presidenta: Carmen Clara Martínez de Tejada Gil.
Suplente: Marcelino Ayuso de Vicente.
Vocal: Enrique Reus García-Bedoya.
Suplente: Ángel Álvaro Martínez.
Vocal: Felipe López Solá.
Suplente: Carmen Martín Barbi.
Vocal: Mariano Villaverde Sastre.
Suplente: Abilio Martín Blánquez.
Secretaria: M.ª Ángeles Álvarez González.
Suplente: Begoña Muñoz Villalba.
6. PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en los tablones de anuncios de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara en plaza de Moreno, 10, y de los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía en Guadalajara de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en c/ Regino Pradillo, n.º 3, de Guadalajara.
7. SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR.
Para tomar parte en el proceso de selección, los interesados deberán presentar:
a) Impreso de solicitud debidamente cumplimentado según modelo que se adjunta (Anexo II). Se deberá presentar, por cada especialidad a la que se opte, un impreso debidamente cumplimentado.
b) Titulación requerida.
c) Currículum vítae (tantas copias como puestos a los que se presente).
d) Documentación acreditativa de los méritos alegados en el currículo (tantas copias como puestos a los que se presente).
e) Informe de vida laboral actualizado y expedido por la Seguridad Social, acompañado, en su caso, del resto de documentación recogida en el punto 8 de estas bases (tantas copias como puestos a los que se presente).
f) Proyecto de dirección de una Unidad de Promoción y Desarrollo en Guadalajara (para el puesto de Director) y proyecto técnico para la Gestión de una Unidad de Promoción y Desarrollo en Guadalajara, en relación al puesto de trabajo a desempeñar y a la titulación exigida (para los Técnicos).
g) Documento Nacional de Identidad.
h) Justificante de ingreso de la tasa.
Los méritos que, habiendo sido alegados en el plazo de presentación de instancias, no sean debidamente justificados mediante la documentación acreditativa, no serán tomados en consideración.
No se tendrán en consideración las solicitudes sin firma del interesado.
Toda la documentación que se presente ante la Comisión Mixta quedará en poder de la misma, sin posibilidad de recogida posterior por parte de cualquier interesado ni durante ni al finalizar el proceso de selección.
Las solicitudes de los candidatos deberán ser dirigidas al Presidente de la Comisión Mixta, formuladas en modelo oficial y presentadas, bien directamente en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara (entre las 9:00 y las 14:00 horas), o a través de cualquiera de los medios previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, durante el plazo de 10 días naturales, a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.
La solicitud será acompañada necesariamente de los documentos requeridos como obligatorios en cada convocatoria.
La presentación de la solicitud implicará, igualmente, el consentimiento de cada interesado para el tratamiento de sus datos de carácter personal, con el fin de garantizar la publicidad y transparencia de los procesos de selección.
8. LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
Finalizado el plazo para la admisión de solicitudes, el listado de admitidos y excluidos se publicará en los tablones de anuncios de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara en Plaza de Moreno, 10, y en la oficina de los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía en Guadalajara, de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en c/ Regino Pradillo, n.º 3, de Guadalajara, dentro del plazo de los diez días naturales siguientes al de finalización de presentación de solicitudes. El plazo de subsanación de errores será de cinco días naturales, contados a partir del día siguiente al que se produzca su publicación. En el supuesto de que no existan excluidos o errores, la referida lista se elevará a definitiva sin más trámite.
En ningún caso se entenderá subsanable la falta o insuficiente acreditación de los méritos alegados que, en todo caso, deberán haber sido aportados y justificados dentro del plazo de presentación de solicitudes.
9. ACREDITACIÓN DE REQUISITOS Y MÉRITOS.
La acreditación de los méritos alegados se realizará mediante la presentación de la siguiente documentación:
• La experiencia laboral se acreditará mediante contratos de trabajo, certificados expedidos por organismos oficiales u otros documentos oficiales que reflejen claramente el puesto desempeñado, la categoría y la duración de la relación laboral y además, e inexcusablemente, mediante informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social, con el que se contrastarán los documentos anteriores (solicitar en el 901 50 20 50).
En el caso de trabajadores autónomos, el informe de vida laboral deberá acompañarse de las correspondientes liquidaciones del IVA así como documento expedido por la Seguridad Social en el que se indique el período de cotización y la actividad desempeñada, así como otros documentos que clarifiquen el puesto desempeñado.
El cómputo de la experiencia se realizará en proporción a la jornada laboral y no solamente según la duración del contrato, es decir, si se requiere un año de experiencia para un puesto, este habrá de ser a jornada completa.
No se valorarán los periodos que no se puedan agrupar en bloques de treinta días.
• La formación se acreditará mediante diplomas, títulos o certificados oficiales expedidos por el organismo competente, haciendo referencia, inexcusablemente, al número de horas o créditos académicos.
No se tendrán en cuenta cursos de duración inferior a 20 horas, pudiendo no ser valorados por la Comisión los aportados que presenten defectos, carencias o irregularidades o que no acrediten suficientemente su credibilidad o que no guarden relación con el puesto de trabajo.
Salvo referencia expresa en el título, diploma o certificado, un crédito académico equivale a diez horas.
10. PROCESO Y FASES DE LA SELECCIÓN.
El proceso de selección lo llevará a cabo la Comisión Mixta de trabajo constituida al efecto y formada por personal técnico de los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía en Guadalajara y la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, como entidad promotora. Se estructura en dos fases:
Para el Director y Técnicos:
1.ª.- Fase: VALORACIÓN DE MÉRITOS: Total 70 puntos.
El total de los puntos de esta fase se obtendrá mediante la valoración de los méritos correspondientes y de conformidad con las siguientes subdivisiones:
a) Valoración del proyecto: 35 puntos.
b) Experiencia: 20 puntos.
c) Formación: 15 puntos.
a) Valoración del proyecto: Se valorará el contenido de un proyecto original sobre la aportación y desarrollo del trabajo inherente a la titulación del aspirante, en relación con el puesto de trabajo a realizar en la Unidad de Promoción y Desarrollo.
El proyecto deberá constar de 2 partes y tendrá un máximo de 4 páginas:
1. Desarrollo del proyecto (no excederá de 3 páginas).
2. Propuestas de acciones que incentiven el emprendimiento en el desarrollo rural (máximo 1 página).
b) Experiencia: Se valorará conforme al baremo que figura en el Anexo I.
c) Formación: Se valorará conforme al baremo del Anexo I.
Superará esta fase quien alcance, al menos, 45 puntos.
Finalizada la baremación, la Comisión Mixta de trabajo publicará un listado de candidatos con las puntuaciones correspondientes, convocando a aquellos que pasen a la siguiente fase, es decir, todos aquellos que hayan alcanzado un mínimo de 45 puntos correspondientes a la suma de las puntuaciones obtenidas en las subdivisiones reseñadas con las letras a), b) y c), concediéndose un plazo de 5 días naturales para presentación de alegaciones que serán resueltas y, en su caso, publicadas en los tablones de anuncios antes del inicio de la siguiente fase.
Las alegaciones que, en su caso, fueran presentadas por los interesados al contenido de las listas mencionadas en el párrafo anterior, no paralizarán la continuación del procedimiento selectivo en la siguiente fase.
2.ª.- Fase: ENTREVISTA: Total 30 puntos.
Consistirá en una entrevista personal en la que la Comisión valorará las respuestas de los aspirantes a cuestiones relacionadas con las tareas a desempeñar, tales como trayectoria profesional, conocimiento de las funciones a desempeñar y actitud y aptitud profesionales relacionadas con el puesto, así como de los méritos alegados.
Superará esta fase quien alcance, al menos, 20 puntos.
Para Administrativo:
1.ª.- Fase: VALORACIÓN DE MÉRITOS: Total 70 puntos.
El total de los puntos de esta fase se obtendrá mediante la valoración de los méritos correspondientes y de conformidad con las dos siguientes subdivisiones:
a) Experiencia: 40 puntos.
b) Formación: 30 puntos.
La valoración de meritos se realizará, en todos los casos, conforme al baremo que figura en el Anexo I.
Superará esta fase quien alcance, al menos 45 puntos.
2.ª.- Fase: ENTREVISTA: Total 30 puntos.
Consistirá en una entrevista personal en la que la Comisión valorará las respuestas de los aspirantes a cuestiones relacionadas con las tareas a desempeñar, tales como trayectoria profesional, conocimiento de las funciones a desempeñar y actitud y aptitud profesionales relacionadas con el puesto, así como de los méritos alegados.
Superará esta fase quien alcance, al menos, 20 puntos
Finalizada la baremación, la Comisión Mixta de trabajo publicará un listado de candidatos con las puntuaciones correspondientes.
La puntuación mínima establecida para superar las fases 1.ª y 2.ª de los distintos procesos podrá ser reducida a criterio de la Comisión Mixta respectiva para garantizar el éxito del proceso selectivo.
Las plazas podrán quedar desiertas en el caso de que no haya candidatos idóneos. En este caso, la Comisión Mixta podrá optar, para su cobertura, por abrir una nueva convocatoria pública modificando los requisitos mínimos de acceso al puesto o bien solicitar una relación de candidatos a la Oficina de Empleo competente, mediante oferta genérica de empleo.
11. PUBLICACIÓN DE LISTAS.
Finalizado el proceso de selección, la Comisión Mixta publicará la lista provisional de candidatos que hayan resultado seleccionados y reservas, otorgando un plazo de diez días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del listado provisional, para plantear las alegaciones que se estimen oportunas dirigidas al Presidente de la Comisión Mixta.
Finalizado el plazo de alegaciones se publicarán las listas definitivas con los resultados del proceso de selección, proponiendo la contratación del aspirante que haya superado todas las fases y obtenido las máximas calificaciones, para cada una de las plazas.
A efectos de posibles sustituciones, se formará una bolsa de trabajo integrada por todos aquellos que hayan superado el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza, ordenada según la puntuación total obtenida de mayor a menor. El ingreso en la bolsa de trabajo no implica reconocimiento de derecho alguno a favor de las personas que la integren.
Todas las publicaciones relacionadas con el proceso de selección se publicarán en el tablón de anuncios de la Diputación Provincial de Guadalajara (plaza Moreno, 10) y en el de los Servicios Periféricos de la Consejería de Empleo y Economía (c/ Regino Pradillo, n.º 3) y, a título informativo, en la página web de Diputación (www.dguadalajara.es).
12. RECLAMACIONES.
Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por la Comisión Mixta, sin que quepa ulterior recurso en vía administrativa conforme al art. 28.4 de la Orden de 15 de noviembre de 2012 de la Consejería de Empleo y Economía por la que se regulan los programas de formación en alternancia con el empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas públicas a dichos programas (2012/15959).
No será de aplicación la normativa establecida para los procedimientos de selección de personal de las distintas Administraciones Públicas, aun cuando la entidad promotora sea un organismo público.
13. CONTRATACIÓN.
La entidad promotora se pondrá en contacto con los candidatos seleccionados, solicitándoles la documentación pertinente para la formalización de los contratos de trabajo.
En caso de que se produzca una vacante, se convocará al candidato que figure como reserva en la lista de aspirantes seleccionados, por orden de mayor puntuación.
Anexo I
PERFILES PROFESIONALES Y BAREMACIÓN
Anexo II
SOLICITUD