Ayuntamiento de Miralrío
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Aprobada inicialmente por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 12 de noviembre de 2013, la modificación provisional de la Ordenanza reguladora de la limpieza y vallado de terrenos y solares, dándose nueva redacción al artículo 10.2, en los términos que se contiene en el texto que ha sido aprobado por esta Corporación y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que pueda ser examinada y se presenten las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentada alegaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Miralrío a 21 de noviembre de 2013.– El Alcalde, Francisco Sanz Raso.