Ayuntamiento de Fuentelencina
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D. Ángel Sánchez Navarro, Alcalde del Ayuntamiento de Fuentelencina (Guadalajara).
Habiéndose presentado con fecha 28 de mayo de 2014, registro de entrada n.º 36 de este Ayuntamiento, contestación, por D. Mario Moreno Heras, D. Vicente Heras Guijarro y D.ª Concepción Ropero Navarro, a escrito de este Ayuntamiento para vallado de finca en Camino de la Fuente, y dado que en dicha contestación hace referencia a un inmueble de mi propiedad.
Por tanto, visto lo dispuesto en el artículo 28, 1 y 2 a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que dispone para las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas la obligación de abstenerse de intervenir en los procedimientos respecto de los que se tenga interés personal en el asunto.
Y de conformidad con lo dispuesto en el art. 183.1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, y 44 y 47, 2 de la misma norma reglamentaria,
HE RESUELTO
PRIMERO. ABSTENERME, por causa de interés personal, respecto de cualesquiera cuestiones municipales relacionadas con el expediente mencionado.
SEGUNDO. DELEGAR en el Teniente de Alcalde D. Santos López Tabernero, todas las atribuciones que correspondiesen a esta Alcaldía en relación al referido asunto.
TERCERO. PUBLICAR la presente delegación de atribuciones en el Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la fecha de este Decreto.
CUARTO. NOTIFICAR la presente resolución al Teniente de Alcalde. D. Santos López Tabernero, y DAR CUENTA del mismo al Pleno del Ayuntamiento en la primera sesión que se celebre.
En Fuentelencina a 23 de julio de 2014.– El Alcalde, Ángel Sánchez Navarro.