DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE DESARROLLO RURAL MEDIO AMBIENTE, PROMOCION ECONOMICA Y PROGRAMAS EUROPEOS, GENERO Y DIVERSIDAD, Y TURISMO
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ACUERDO DE 23 DE JULIO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA, DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS GRUPOS DE DESARROLLO RURAL DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA.
En cumplimiento de lo establecido en la base octava de la citada Convocatoria, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hace pública la concesión de subvenciones de apoyo a los grupos de desarrollo rural de la provincia de Guadalajara para el año 2024, y se procede a publicar el Acuerdo de veintitrés de julio de 2024 de resolución de concesión de subvenciones de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara.
“12.- EXPEDIENTE 955/2024. RESOLUCIÓN PROVISIONAL DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A LOS GRUPOS DE DESARROLLO RURAL DE LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, QUE CONTRIBUYAN A FINANCIAR PARTE DE GASTOS DE GESTIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE SU ACTIVIDAD CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO 2024.
El Sr. Presidente da cuenta de que la Junta de Gobierno, en sesión celebrada el día 21 de mayo de 2024, aprobó la convocatoria de subvenciones, que fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia nº 105, el día 3 de junio de 2024. En la cláusula 4ª de la citada convocatoria, se establece que la cuantía total máxima de las subvenciones asciende a la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA MIL EUROS (250.000.-€), correspondiente al presupuesto del Ejercicio 2024 de la Excma. Diputación Provincial.
El plazo establecido para la presentación de las solicitudes fue de quince días hábiles, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Durante este periodo de tiempo se recibieron cinco solicitudes, correspondientes a la totalidad de los Grupos de Desarrollo Rural de la provincia de Guadalajara, que gestionan la estrategia de Desarrollo Local Participativo en el periodo 2023-2027, de entre los seleccionados por Resolución de 4 de agosto de 2023, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Visto informe del Órgano Colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, emitido el día 12 de julio, tal y como consta en el acta de la reunión correspondiente, y de conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza General reguladora de la concesión de subvenciones, aprobada por acuerdo del Pleno de la Corporación de fecha 16 de junio de 2021 y publicada en el B.O.P. nº 172 de 7 de septiembre de 2021.
La Junta de Gobierno por seis votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:
PRIMERO.- Conceder provisionalmente las siguientes subvenciones, destinadas a los Grupos de Desarrollo Rural de la provincia de Guadalajara, que contribuyan a financiar parte de gastos de gestión y funcionamiento de su actividad -correspondientes al ejercicio económico 2024-, que se encuentren enumerados en la cláusula quinta:
BENEFICIARIO |
NIF |
SUBVENCIÓN |
Asociación de Desarrollo Rural Molina de Aragón-Alto Tajo |
G19198480 |
50.000,00 € |
Asociación para el Desarrollo de la Sierra Norte de Guadalajara |
G19149897 |
50.000,00 € |
Federación de Asociaciones para el Desarrollo Territorial Tajo-Tajuña |
G19185156 |
50.000,00 € |
Asociación para el Desarrollo de Alcarria y Campiña |
G19186188 |
50.000,00 € |
Asociación Desarrollo Rural Alcarria Sur |
G19311802 |
50.000,00 € |
TOTAL |
250.000,00 € |
SEGUNDO.- Conceder un plazo de 10 días hábiles para la presentación de alegaciones, tras la publicación de esta resolución provisional en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo establecido en la cláusula octava de la convocatoria de subvenciones. Transcurrido dicho plazo y examinadas las alegaciones aducidas por los interesados, en su caso, la Junta de Gobierno formulará la propuesta de resolución definitiva. En el supuesto de que no se produjeran alegaciones o no se estimaran las mismas, será el Presidente el que aprobará dicha resolución, al tener delegada esta competencia.
TERCERO.- Publicar los presentes acuerdos en el Boletín Oficial de la Provincia”.
Guadalajara, a 02 de agosto de 2023 El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara D. José Luis Vega Pérez