JUZGADO DE LO SOCIAL N- 9 DE MADRID
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Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 09 de Madrid, HAGO SABER:
Que en el procedimiento 228/2015 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D. LORENZO CARRASCO BAHAMONDEZ frente a Dña. MARIA DEL MAR LEGARRETA MARTINEZ sobre Ejecución Forzosa se ha dictado la siguiente resolución:
DECRETO
En Madrid, a cuatro de mayo de dos mil diecisiete.
Por recibido cumplimentado el anterior mandamiento del Registro de Bienes Muebles de Guadalajara de anotación de embargo de vehículos Turismo VOLKSWAGEN PASSAT 1.9 TDI 6V con matrícula 3221-BCZ, Furgoneta RENAULT MASTER con matrícula 9158-HWM y Furgoneta DACIA DOKKER con matrícula 4103-HXP, únanse a los autos de su razón con entrega de copia al ejecutante a los efectos legales oportunos.
ANTECEDENTES DE HECHO
UNICO.- En las presentes actuaciones seguidas a instancia de D. LORENZO CARRASCO BAHAMONDEZ contra Dña. MARIA DEL MAR LEGARRETA MARTINEZ en materia de Despido, despachada ejecución por importe de 16.587’06 euros de principal más 1.658’70 euros de intereses provisionales y 1.658’70 euros de costas provisionales, resulta pendiente actualmente la cantidad total de 19.300’16 euros.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
UNICO.- De conformidad con el Art. 254 de la L.J.S y Arts. 584 y ss. y 621-3º de la L.E.C., procede acordar el embargo de bienes de la ejecutada hasta cubrir el importe antes mencionado.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
- El DEPOSITO Y PRECINTO de los vehículos embargados, Turismo VOLKSWAGEN PASSAT 1.9 TDI 6V con matrícula 3221-BCZ, Furgoneta RENAULT MASTER con matrícula 9158-HWM y Furgoneta DACIA DOKKER con matrícula 4103-HXP, dirigiéndose el oportuno oficio a la Jefatura Provincial de Tráfico de Guadalajara para que practique dicha diligencia y remita a este Juzgado el correspondiente justificante.
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El embargo sobre la pensión contributiva que percibe el ejecutado Dª. MARIA DEL MAR LEGARRETA MARTINEZ del I.N.S.S. con fecha de efectos 29-11-2016, por un importe suficiente para cubrir la suma de 19.300’16 euros; por lo que líbrese oficio a dicho organismo bajo su personal responsabilidad para que retenga y remita mensualmente, hasta la total liquidación de la deuda, las cantidades que excedan al salario mínimo interprofesional en los porcentajes determinados en el artículo 607 de la L.E.C.; debiéndose acreditar mediante copia de la hoja de salarios o equivalente el importe del mismo. Adviértase: A) que el pago que en su caso se hiciere al apremiado no sería valido (art.1.165 Código Civil ) y que asimismo la transferencia ordenada le libera de toda responsabilidad frente al acreedor, y B) de las responsabilidades penales en que pueden incurrir quienes auxilien o se confabulen con el apremiado para ocultar o sustraer alguna parte de sus bienes o créditos (arts.257 del Código Penal y 893 del Código de Comercio) .
Notifíquese a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICION ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de TRES días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso ( art 186.1 L.J.S).
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Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.
El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA
D./Dña. MARÍA DEL CARMEN MARTÍN GARCÍA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. MARIA DEL MAR LEGARRETA MARTINEZ , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Provincia de Guadalajara.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid , a diecisiete de octubre de dos mil diecisiete.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA