Ayuntamiento de Torremocha del Campo
3864
Edicto
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional de fecha 8 de noviembre de 2016, sobre la modificación de la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes inmuebles (BOPGU de 22/10/04), cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (BOE de 09/03/04):
Se introducen las siguientes modificaciones en la Ordenanza Fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes inmuebles, aprobada por acuerdo Plenario de fecha 2 de abril de 2004:
PRIMERO: El primer apartado del artículo 12. Tipo de Gravamen, queda redactado como sigue:
«Artículo 12. 1 El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana será del 0,75%.
…
Disposición Final: La presente modificación entrará en vigor una vez se efectúe la publicación de su texto íntegro en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, con efectos desde el 1 de enero de 2017, continuando su vigencia hasta que se acuerde su modificación o derogación expresa.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, con sede en Albacete.
En Torremocha del Campo a 29 de diciembre de 2016.– El Alcalde, Octavio Contreras Esteban.