Ayuntamiento de Valdenuño Fernández
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Edicto
Aprobado definitivamente por este Ayuntamiento de Valdenuño Fernández el Presupuesto general y Plantilla de Personal para el ejercicio de 2017, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 169.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se da publicidad al presente:
ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
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CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
80.180,00 |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
177.800,00 |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
400,00 |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
2120,00 |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
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CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
27.800,00 |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
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B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 |
TOTAL: |
288.300,00 |
ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
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CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
146.900,00 |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
3.000,00 |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
66.000,00 |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
52.100,00 |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
17.300,00 |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
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CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
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CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
3.000,00 |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 |
TOTAL: |
288.300,00 |
PLANTILLA DE PERSONAL APROBADA JUNTO CON EL PRESUPUESTO PARA 2017
REGIMEN JURIDICO |
NUMERO ORDEN |
DENOMINACION DE LA PLAZA |
OBSERVACIONES |
FUNCIONARIO |
1 |
SECRETARIO INTERVENTOR |
Compartido con los Ayuntamientos de El Cubillo de Uceda y Valdepeñas de la Sierra |
LABORAL FIJO |
2 |
OFICIAL SERVICIOS MULTIPLES |
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LABORAL FIJO |
3 |
AUXILIAR LIMPIEZA |
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LABORAL TEMPORAL |
4 |
PEON |
Al amparo de los planes extraordinarios por el empleo de la JCCM |
LABORAL TEMPORAL |
5 |
PEON |
Al amparo de los planes extraordinarios por el empleo de la JCCM |
LABORAL TEMPORAL |
6 |
AUXILIAR AYUDA DOMICILIO |
Condicionado al convenio para prestación del servicio de ayuda domiciliaria de la JCCM |
Contra el presente Presupuesto las personas y entidades a las que se refiere los artículos 63.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 del mencionado artículo 170, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses desde la publicación del presente. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.
El Alcalde, Oscar Gutierrez Moreno.