Juzgado de lo Social número dos de Guadalajara
5026
NIG: 19130 44 4 2012 0220577
N81291
Procedimiento ordinario 1019/2012-L
Procedimiento origen:
Sobre Ordinario
Demandante D./D.ª Fundación Laboral de la Construcción
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Demandado D./D.ª Koljida Decoraliones 2008, S.L.
Abogado/a:
Procurador:
Graduado/a Social:
Edicto
D.ª María Pilar Buelga Álvarez, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara, HAGO SABER:
Que en el procedimiento ordinario 1019/2012-L de este Juzgado de lo Social, seguido a instancia de Fundación Laboral de la Construcción contra la empresa Koljida Decoraciones 2008, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia n.º 339/2013 de fecha 10.10.2013, cuyo fallo es como sigue:
“FALLO
Que estimo la demanda en reclamación de cantidad formulada por Fundacion Laboral De La Construcción frente a la empresa Koljida Decoraciones 2008, S.L. y condeno a la empresa demandada a que abone la parte actora la cantidad de 119,82 €
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciendo saber que es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Ilmo. Sr. D. José Rafael García de la Calle, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n.º 2 de Guadalajara.”
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que sirva de notificación a la empresa demandada, Koljida Decoraciones 2008, S.L., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, y colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado.
En Guadalajara a once de octubre de dos mil trece.– El/La Secretario/a Judicial, rubricado.