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Con fecha 22 de agosto de 2016, la Presidencia del Patronato Deportivo Municipal de Cabanillas del Campo, adoptó Resolución cuya parte dispositiva se transcribe literalmente:
«Considerando que corresponde al Vicepresidente del Patronato Deportivo Municipal de Cabanillas del Campo, sustituir en la totalidad de sus funciones al Presidente, en los casos de ausencia enfermedad o impedimento que imposibilite a este para el ejercicio de sus atribuciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de los Estatutos Reguladores del referido Organismo Autónomo, en relación con el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Considerando que durante el periodo comprendido entre el 25 al 31 de agosto de 2016, ambos incluidos, el Sr. Presidente del Organismo Autónomo denominado Patronato Deportivo Municipal de Cabanillas del Campo, se encontrará ausente del Municipio.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con los artículos 44 y 47 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
PRIMERO. Delegar en D. Aitor Delgado Silvestre, Vicepresidente del Patronato Deportivo Municipal de Cabanillas del Campo, la totalidad de las funciones de la Presidencia, en los términos del artículo 23.3 Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, durante el periodo comprendido entre el 25 al 31 de agosto, ambos incluidos.
SEGUNDO. La delegación comprende las facultades de dirección y de gestión, así como la de resolver los procedimientos administrativos oportunos mediante la adopción de actos administrativos que afecten a terceros.
TERCERO. El órgano delegado ha de informar a esta Presidencia, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo 115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
CUARTO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente si no se formula ante esta Presidencia expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles contados desde el siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.
QUINTO. La presente resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia».
Lo que se publica, a los efectos oportunos, de conformidad con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
En Cabanillas del Campo a 22 de agosto de 2016.– El Presidente, José García Salinas.