AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA
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Habiéndose aprobado por Resolución de Alcaldía n.º 2025-1070 de fecha 30/11/2025 el expediente de adquisición directa del siguiente bien:
- Casa Manuel Leguineche (Casa Gramáticos), sito en Plaza de La virgen n.º 4 de Brihuega (Guadalajara)
Se publica el mismo para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 8.1.a) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
Acuerdo de Pleno celebrado el día 28 de Noviembre de 2025:
PRIMERO. Adquirir el siguiente bien en las condiciones que figuran en el compromiso de compraventa que consta en el expediente de fecha 27 de mayo de 2025 a:
TIPOLOGÍA Y LOCALIZACIÓN
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Bien |
Casa de Gramáticos |
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Categoría |
Pertenece al Conjunto Histórico Artístico de Brihuega |
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Año de construcción |
1612 |
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Dirección |
Plaza Virgen, n.º 4 |
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Municipio |
Brihuega |
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Provincia |
Guadalajara |
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Código Postal |
19400 |
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Coordenadas |
40º45’37’’N2º52’02’’O |
DATOS REGISTRALES
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Titular registral |
BENIGNO LEGUINECHE BOLLAR- 50,00% Pleno dominio, ROSA MARIA JOSEFA LEGUINECHE BOLLAR- 50,00% Pleno dominio |
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Finca registral |
10116 |
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Tomo/Libro/Folio |
952/116/147 |
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CRU |
19002000328236 |
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Referencia catastral |
0920510WL1102S0001DA |
PROPIEDAD
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Propiedad |
Se ha realizado consulta de titularidad de la Referencia catastral inscrita (0920510WL1102S0001DA), coincidiendo las titularidades con las expuestas en la certificación registral. |
Y su conversión en Casa Museo Manu Leguineche y espacio cultural vinculado a la Cátedra de Periodismo, con los condicionantes establecidos en el clausulado del convenio de colaboración entre la Diputación Provincial de Guadalajara y el Ayuntamiento de Brihuega para la financiación de la compra de “La casa de Gramáticos” de 8 de julio de 2025.”
Contra la Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante El Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Guadalajara en el plazo de dos meses, a contar desde la práctica de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Brihuega a 14 de abril de 2026, El Alcalde, Don Luis Manuel Viejo Esteban





