MANCOMUNIDAD TURÍSTICA CAÑÓN DEL TAJO
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de modificación de las bases de ejecución del presupuesto municipal del ejercicio 2025 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1.
La Mancomunidad en Pleno en sesión celebrada el día 26 de junio de 2025 adoptó el siguiente ACUERDO:
« PRIMERO. Aprobar inicialmente la modificación de la base de ejecución n.º 38 pagos “a justificar” del presupuesto municipal para el año 2025, en los siguientes términos:
«6. Límites cuantitativos.
La cantidad máxima a conceder en concepto de pago «a justificar» se fija en 4.999,00 €»
SEGUNDO. Exponer al público la modificación de las bases de ejecución del presupuesto, por plazo de quince días, mediante anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de la Mancomunidad, a efectos de presentación de de reclamaciones por las personas interesadas.
TERCERO. Considerar elevados a definitivos estos acuerdos en el caso de que no se presente ninguna reclamación.
CUARTO. Remitir copia a la Administración del Estado, así como, a la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha.».
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Poveda de la Sierra, a 11 de agosto de 2025. El Presidente, Ismael de Mingo Calvo.





