AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DEL CAMPO
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BDNS: 740000
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3. b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/740000)
Primero. Objeto.
El objeto de la convocatoria es fomentar la participación en las actividades culturales y tradicionales del municipio. Se seleccionará de entre los participantes a los mejores disfraces en cada una de las modalidades establecidas, según los criterios de valoración, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
Segundo. Participantes:
Podrán participar en el concurso todas las personas sin límite de edad que cumplan las condiciones para poder ser beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
La Inscripción se realizará en una de las siguientes modalidades:
Modalidad A. Mascotas.
Modalidad B. Conjunto: mascota con personas
En el caso de que en alguna modalidad resultaran inscritos diez o menos participante se declarará desierta.
Tercero. Inscripción.
La inscripción será gratuita debiéndose realizar en la Casa de la Cultura sita en C/ Juan Rhodes nº 8, de lunes a viernes en horario de 9:00 h. a 21:00 h.
El plazo de inscripción deberá realizarse antes del viernes 8 de febrero (incluido). También se podrán inscribir el día 9 de febrero de 18:00 h a 18:30 h. en el lugar de celebración del concurso.
Los participantes deberán rellenar una hoja de inscripción y recoger un dorsal identificativo que llevarán en un lugar visible durante todo el concurso para que el jurado pueda puntuarlos.
Cuarto. Premios.
Se establecen los siguientes premios con cargo a la aplicación presupuestaria 338.480 del presupuesto municipal vigente, por importe total de 200 €.
Modalidad A: 1º Premio valorado en 100 Euros.
Modalidad B: 1º Premio valorado en 100 Euros.
Quinto. Fecha y lugar del concurso.
El concurso tendrá lugar el día 9 de febrero a las 18:30 horas en la carpa instalada en el recinto ferial, donde tendrá lugar la entrega de premios.
Sexto. El texto íntegro de la convocatoria se encontrará en la página web municipal https://aytocabanillas.org/ y en la sede electrónica del Ayuntamiento: https://cabanillasdelcampo.sedelectronica.es/
En Cabanillas del Campo, a 18 de enero de 2024. El Alcalde, José García Salinas.
BASES REGULADORAS DEL SEGUNDO CONCURSO DE DISFRACES DE MASCOTAS DE CARNAVAL
Con motivo de las tradicionales fiestas de Carnaval que se celebrarán entre los días 9 y 11 de febrero 2024, de acuerdo con el programa elaborado por el Ayuntamiento figura la convocatoria del Concurso de disfraces de mascotas que se celebrará el día 9 de febrero de 2024 a las 18:30 horas en la carpa instalada en el recinto Ferial y que se regirá con arreglo a las siguientes BASES:
1. OBJETO.
El Objeto de la convocatoria es fomentar la participación en las actividades culturales y tradicionales del municipio. Se seleccionará, de entre los participantes, los mejores disfraces en cada una de las modalidades establecidas, según los criterios de valoración, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
2. PARTICIPANTES
Podrán participar en el concurso las personas con sus mascotas sin límite de edad. Los/as menores deberán ir acompañados de una persona adulta, inscribiéndose en alguna de las modalidades del concurso.
Los participantes o representantes legales en caso de menores, deberán encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del RD 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones y con el Ayuntamiento de Cabanillas del Campo.
Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
Según establece el artículo 22.4 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de participación conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del RD mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos anteriormente.
3. INSCRIPCIONES
La inscripción para la participación en el Concurso de Mascotas - Carnaval 2024 será gratuita debiéndose realizar en la Casa de la Cultura sita en C/ Juan Rhodes nº 8, de lunes a viernes en horario de 9:00 h. a 21:00 h.
El plazo para la inscripción de los participantes será hasta el día 8 de febrero a las 21:00 h. También se podrán inscribir el día 9 de febrero de 18:00 h a 18:30 h. en el lugar de celebración del concurso.
Los participantes deberán rellenar una hoja de inscripción y recogerán un dorsal identificativo que llevarán en un lugar visible durante todo el desfile para que el jurado pueda puntuarlos.
4. MODALIDADES
Se establecen las siguientes modalidades de participación:
Modalidad A. Mascotas.
Modalidad B. Conjunto: mascota con personas.
Será obligatorio inscribirse en la modalidad correspondiente, solamente se podrá participar en una de las modalidades.
En el caso de que alguna modalidad resultara con diez o menos participantes se considerará desierta.
Durante todo el concurso, los animales irán acompañados de una persona adulta que se haga responsables de ellos y de cumplir la normativa vigente relativa a la tenencia de animales
5. PREMIOS.
Se establecen los siguientes premios con cargo a la aplicación presupuestaria 338.480 del presupuesto municipal vigente, por importe total de 200 €.
Modalidad A: 1º Premio valorado en 100 Euros.
Modalidad B: 1º Premio valorado en 100 Euros.
Los premios estarán sujetos a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.
Las personas premiadas deberán presentar una declaración responsable del cumplimiento de condiciones para poder ser beneficiario de subvenciones públicas, ficha de terceros y fotocopia de DNI.
6. JURADO
La selección de ganadores y concesión de los premios se realizará a propuesta de un Jurado compuesto por un Presidente de la Concejalía de Juventud y personas representantes de las principales asociaciones u organizaciones del municipio.
El Jurado levantará acta de sus deliberaciones y resolución final de los ganadores de las distintas modalidades. Este documento constituirá la propuesta que se elevará a la Alcaldía para la resolución de concesión de los premios.
Las decisiones del Jurado serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios pare el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN.
Los premios se otorgarán en base a criterios de creatividad, originalidad, estética, vistosidad y puesta en escena tanto individual o en conjunto.
8. ORGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN.
El órgano competente para la instrucción de este procedimiento es la Concejalía de Juventud. El órgano competente para la resolución del procedimiento es la Alcaldía.
9. OTRAS DETERMINACIONES.
La participación en el concurso implica la aceptación de las presentes bases, así como las decisiones del Jurado.
La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.
10.- NORMATIVA.
Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Cabanillas del Campo, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal en vigor, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las Disposiciones del Derecho Común.