DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA.- SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
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BDNS (Identif.): 712465
Con fecha 16 de agosto de 2023, se publicaba en el BOP 155 la Convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo y la iniciativa emprendedora en la Provincia de Guadalajara, año 2023.
La Junta de Gobierno, de la Excma. Diputación Provincial, en sesión ordinaria celebrada el diecinueve de septiembre de dos mil veintitrés, adoptó el siguiente acuerdo:
“2.- EXPEDIENTE 4425/2023. CORRECCIÓN DE ERROR PARTICULAR NÚMERO 3 JUNTA DE GOBIERNO DE FECHA 8 DE AGOSTO DE 2023, CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA INICIATIVA EMPRENDEDORA EN LA PROVINCIA DE GUADALAJARA, AÑO 2023.
El Sr. Presidente da cuenta de que por acuerdo de la Junta de Gobierno de fecha 8 de agosto de dos mil veintitrés se aprueba la Convocatoria de subvenciones para el fomento del empleo y la iniciativa emprendedora en la provincia de Guadalajara, Año 2023, publicándose el extracto de esta en el B.O.P. nº 155 de 16 de agosto de 2023. Se ha apreciado error de transcripción en el primer párrafo de la base tercera, apartado Línea 1, 1.1. Beneficiarios.
Visto el Informe favorable de la Jefa de Servicio de Bienestar Social y Empleo.
La Junta de Gobierno por seis votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:
Uno.- Subsanar el siguiente error material localizado en el primer párrafo de la base Tercera (Beneficiarios y Requisitos), apartado LÍNEA 1, 1.1 Beneficiarios:
Donde dice:
“Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, las entidades sin ánimo de lucro o las comunidades de bienes que, desarrollando una actividad económica (se considerará a estos efectos lo que figure en el certificado de situación censal que se aporte), formalicen contratos con personas trabajadoras desempleadas, inscritas en la Oficina de Empleo como demandantes de empleo, no ocupadas, que cumplan los siguientes requisitos a la fecha de presentación de sus solicitudes”
Debe decir:
“Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas o jurídicas, las entidades sin ánimo de lucro o las comunidades de bienes que, desarrollando una actividad económica (se considerará a estos efectos lo que figure en el certificado de situación censal que se aporte), formalicen contratos con personas trabajadoras desempleadas, que cumplan los siguientes requisitos a la fecha de presentación de sus solicitudes”
Dos.- Publicar en el BOP de Guadalajara, esta corrección de error para público conocimiento”.
En Guadalajara, 10 de octubre de 2023, El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. Jose Luis Vega Pérez