AYUNTAMIENTO DE TORDELRÁBANO
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Aprobado definitivamente el Presupuesto Municipal del Ayuntamiento para el 2023, en sesión del Pleno del Ayuntamiento celebrado el día 20 de diciembre de 2022 y comprensivo aquel del Presupuesto Municipal de este Ayuntamiento, Bases de Ejecución y plantilla de Personal, de conformidad con el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el resumen del mismo por capítulos:
ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
32.200,00 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
32.200,00 € |
CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
9.312,78 € |
CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
22.252,22 € |
CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
500,00 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
135,00 € |
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A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
0,00 € |
CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
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TOTAL: |
32.200,00€ |
ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
32.200,00 € |
A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
32.200,00 € |
CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
9.049,05 € |
CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
0,00 € |
CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
8.552,03 € |
CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
2.100,80 € |
CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
12.498,12 € |
A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
0,00 € |
CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
0,00 € |
B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
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TOTAL: |
32.200,00 € |
PLANTILLA DE PERSONAL
A) FUNCIONARIOS
- Denominación de la plaza: Secretaría-Intervención.
- Grupo/Subgrupo: A/ A1.
- Número de puestos: 1
- Complemento de destino: 23
- Observaciones: En Agrupación con los Ayuntamientos de Paredes de Sigüenza, Valdelcubo, Sienes y Alcolea de las Peñas.
Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en el artículo 170 y 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha Jurisdicción.
En Tordelrábano, a 20 de enero de 2023.EL ALCALDE, Francisco Javier Lois Oltra.