AYUNTAMIENTO DE AZUQUECA DE HENARES
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EXPEDIENTE: 13112/2020
Advertidos errores en el anuncio publicado con el número 3534 en el Boletín Oficial de la Provincia nº 246, fecha de 30 de diciembre de 2020, sobre aprobación definitiva de modificación de ordenanzas fiscales reguladoras de impuestos, se procede a continuación a la subsanación de los mismos:
Donde dice:
V.- IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS.
Modificación del artículo 6.2 en los siguientes términos:
2.- Sobre las cuotas incrementadas por aplicación del coeficiente de ponderación señalado en el artículo 5 de esta ordenanza fiscal, y atendiendo a la categoría de la vía pública donde radica físicamente el local en que se realiza la actividad económica, se aplicará el coeficiente que corresponda, siguiente:
Categoría fiscal de la vía pública |
1 |
2 |
3 |
Coeficiente aplicable |
2 |
2 |
2 |
Debe decir:
V.- IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONOMICAS.
Modificación del artículo 6.2 en los siguientes términos:
2.- Sobre las cuotas incrementadas por aplicación del coeficiente de ponderación señalado en el artículo 5 de esta ordenanza fiscal, y atendiendo a la categoría de la vía pública donde radica físicamente el local en que se realiza la actividad económica, se aplicará el coeficiente que corresponda, siguiente:
Categoría fiscal de la vía pública |
1 |
2 |
3 |
Coeficiente aplicable |
2,02 |
1,80 |
1,70 |
Azuqueca de Henares 12 de enero de 2021. El Alcalde. José Luis Blanco Moreno