AYUNTAMIENTO DE CAMPILLO DE RANAS
1767
Por medio de la presente, se procede a publicar la Resolución dictada en fecha 29 de junio de 2026 por el Sr. Alcalde de Campillo de Ranas en el marco del expediente nº81/2026, cuyo contenido literal es el siguiente:
“A la vista de los siguientes antecedentes:
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Documento |
Fecha/N.º |
Observaciones |
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Expediente nº75/2026 - Subvenciones Solicitadas a Otra Administración |
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Programa de Apoyo Activo al Empleo 2026 |
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Propuesta del Jefe de Personal |
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Providencia de Alcaldía |
16/06/2026 |
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Informe de Secretaría |
16/06/2026 |
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Bases que han de regir la Convocatoria y el Proceso de Selección |
16/06/2026 |
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Informe-Propuesta de Secretaría |
16/06/2026 |
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Informe de Fiscalización Fase «A» |
16/06/2026 |
Favorable |
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Ofertas de empleo |
16/06/2026 |
07/2026/004026 |
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Anuncio de convocatoria y bases en Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara |
25/06/2026 |
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Características de la plaza objeto de la convocatoria:
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Denominación de la plaza |
Técnico/a de Administración Documental |
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Régimen |
Personal laboral temporal |
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Grupo de cotización (Categoría profesional) |
1 (Por analogía: grupo A1) |
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Titulación exigible |
Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, según lo previsto en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para el ingreso en los cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A1. |
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Otros requisitos |
Cumplir alguno de los requisitos establecidos en el artículo 16.1 ó 16.5 de la Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2026. |
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Nº de vacantes |
1 |
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Tipo de contrato a formalizar |
Contrato vinculado a programas de activación para el empleo de acuerdo con la disposición adicional novena de la Ley 3/2023, de 28 de febrero, de Empleo. En concreto, proyecto CAMPILLO DE RANAS EN EL SIGLO XXI en base a la Orden 46/2026, de 7 de abril, de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo, por la que se regulan las bases para la concesión de subvenciones para la puesta en marcha del Programa de Apoyo Activo al Empleo y se efectúa la convocatoria para 2026. |
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Funciones encomendadas |
Propias de Técnico/a de Administración Documental de su categoría profesional equivalente a A1 en el marco del proyecto objeto de la subvención que se fundamente en el Padrón Municipal de Habitantes y Registro Civil (competencia municipal). |
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Sistema selectivo |
Concurso |
Examinadas las bases de la convocatoria se detecta un error material existente en el apartado de experiencia profesional del procedimiento de selección definido en la base séptima y, en concreto, se trata de un error manifiesto pues se valora determinada experiencia profesional con 0,25 puntos/mes y 0,10 puntos/mes refiriendo a la misma experiencia en una Administración Pública distinta a Entidades Locales y en el párrafo siguiente se justifica el por qué se valora más la experiencia en Entidades Locales.
Así las cosas, es evidente que la experiencia que se valora a razón de 0,25 puntos/mes es la tenida en una Administración Pública que sea una Entidad Local.
En consecuencia, y aunque el Tribunal de Selección podría aplicar esta corrección de facto, procede para dotar de mayor claridad y seguridad jurídica, rectificar, de oficio, conforme establece el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas las bases de la convocatoria.
Por último, y a pesar de que no se trata de una modificación, sino una rectificación de error material y que, en cualquier caso, no sería sustancial ni modifica los requisitos de acceso al proceso selectivo, se procede- para dotar de plenas garantías a las personas interesadas- al aumento del plazo de presentación de solicitudes que será de diez días hábiles a partir del siguiente día hábil al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Así las cosas, de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local,
RESUELVO
PRIMERO. Aprobar la rectificación del error material existente en el apartado de experiencia profesional del procedimiento de selección definido en la base séptima y, en concreto, de error manifiesto indicado en la experiencia que se valora con 0,25 puntos/mes, sustituyendo "en una Administración Pública distinta a Entidades Locales" por "en una Administración Pública que sea una Entidad Local", de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
SEGUNDO. Conceder una ampliación del plazo de presentación de solicitudes que será de diez días hábiles a partir del siguiente día hábil al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
TERCERO. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, en la sede electrónica de este Ayuntamiento] [http://campilloderanas.sedelectronica.es] y en el Tablón de Anuncios.”
Lo que se publica a los efectos oportunos en Campillo de Ranas (Guadalajara) a 29 de junio de 2026. Fdo.: El Alcalde, D. Francisco Maroto García.





