AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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A la vista del expediente tramitado para la provisión del puesto denominado Titular de la Asesoría Jurídica, vacante en la plantilla de funcionarios del Ayuntamiento de Guadalajara, mediante el sistema de libre designación; y conforme a lo dispuesto en el Decreto de fecha 2 de septiembre de 2020, por el que se aprueban las bases y convocatoria que rigen dicho proceso, por medio del presente, se da publicidad al contenido de estas, cuyo texto se inserta a continuación:
BASES Y CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE TITULAR DE LA ASESORÍA JURÍDICA, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.
Con motivo de la jubilación del Titular de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Guadalajara, es necesaria la aprobación de las presentes bases para la cobertura del puesto de Titular de la Asesoría Jurídica, ficha FN.A1.046 y código de puesto 2625 de la vigente Relación de Puestos de Trabajo, cuya forma de provisión es mediante libre designación.
De acuerdo a lo establecido en dicha Relación de Puestos de Trabajo, se proveerán diversos puestos de trabajo por libre designación, de acuerdo a lo establecido en el art. 70 de la Ley 4/2011, de Empleo Público de Castilla La-Mancha y por el art. 45 A) punto 2º del Acuerdo Económico y Social entre la Corporación y el Personal Funcionario del Ayuntamiento de Guadalajara (2016-2019).
En virtud de lo anterior se proponen las siguientes bases para la selección de los Jefes de Servicio por libre designación:
PRIMERA.- Podran tomar parte en la convocatoria los funcionarios de carrera del Ayuntamiento de Guadalajara y los funcionarios de carrera procedentes de otras Administraciones Publicas que reúnan los requisitos establecidos en el Anexo I para el puesto convocado, cualquiera que sea su situación administrativa, a excepcion de la suspension de funciones, siempre que el Cuerpo, Escala o Especialidad de los mismos sean considerados como equivalentes a la Escala, Subescala y/o categoria del puesto convocado.
Los interesados deberan reunir los requisitos indispensables para el desempeno del puesto de trabajo que soliciten, de acuerdo con los requisitos y condiciones que para los mismos figuran en la Relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Guadalajara y que son objeto de la presente convocatoria.
SEGUNDA.- Quienes deseen tomar parte en la presente convocatoria dirigirán su solicitud, conforme al modelo 1055, disponible en la página web del Ayuntamiento (https://www.guadalajara.es/recursos/doc/portal/2018/02/15/mod-1055-solicitud-de-admision-a-pruebas-selectivas.pdf) dirigidas al alcalde-presidente de este Ayuntamiento, presentándolas en el Registro General del Ayuntamiento de Guadalajara o en cualquiera de las formas que determina el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, conforme al artículo 97 de la Ley 7/1985, de 2 de abril.
El escrito de solicitud consignara que son ciertos los datos contenidos en el mismo y que se reunen las condiciones exigidas en la convocatoria
TERCERA.- Los aspirantes incluirán en la solicitud la siguiente documentación:
- Fotocopia simple del Documento Nacional de Identidad o pasaporte en vigor.
- Los funcionarios procedentes de otras Administraciones Públicas deberán aportar un certificado, original o fotocopia compulsada, referido a los requisitos que se exigen para el desempeño del puesto convocado, expedido por el órgano de las Administraciones públicas con potestad certificante, y que habrá de aludir al Cuerpo o Escala/Subescala/Clase del funcionario, Grupo/Subgrupo, Administración de procedencia y situación administrativa actual, en caso de ser funcionario de carrera.
- Fotocopia simple del título de Doctor, Grado o Licenciado correspondiente al requisito de titulación.
- Curriculum vitae, en el que consten títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados señalando el número de horas y otros méritos que se estime oportuno poner de manifiesto, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo.
Las circunstancias que se hagan constar en el “currículum vitae” deberán acreditarse mediante la presentación de fotocopias simples de los títulos, cursos u otros meritos que deberán ser adjuntados con su solicitud, y que en caso de ser seleccionados serán compulsados por el servicio de recursos humanos tras ser cotejados con los originales que serán requeridos al aspirante.
CUARTA.- Los nombramientos deberan efectuarse en el plazo maximo de dos meses contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Dicho plazo podra prorrogarse hasta un mes mas, publicándose en el tablón de anuncios de la Corporación, bien para la adjudicación a favor de alguno de los funcionarios solicitantes que reúnan los requisitos exigidos, o bien en el sentido de declarar desierta su provisión.
QUINTA.- Los nombramientos de libre designación requerirán el informe previo del órgano competente del servicio o unidad en que figure adscrito el puesto convocado.
A su vez, previamente el departamento de personal enviará al titular del órgano competente del servicio o unidad informe descriptivo sobre los méritos y capacidades profesionales de los candidatos, con el objeto de proporcionarle la información necesaria para proceder a su decisión.
La motivación de los nombramientos incluirá, además de las previsiones contenidas en el artículo 56.2 del Reglamento de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, los criterios generales y las cualidades o condiciones personales o profesionales determinantes.
SEXTA.- El destino adjudicado será irrenunciable.
SÉPTIMA.-El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días si radica en la misma localidad, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
OCTAVA. Los funcionarios adscritos a un puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación podrán ser removidos del mismo con carácter discrecional.
NOVENA.- Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el mismo órgano que la dicta, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Órgano Judicial competente (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
ANEXO I
PUESTO: TITULAR ASESORÍA JURÍDICA
GRUPO: A1
NIVEL: 29
ESCALA : ADMINISTRACIÓN GENERAL/FHN (LIC. EN DERECHO)
SUBESCALA: TÉCNICA
CATEGORÍA : SUPERIOR
C.E. 23.265,84 €
RESPONSABILIDADES:
Dirección, coordinación e inspección de las funciones encomendadas a los servicios jurídicos municipales, sin perjuicio de las que estén atribuidas al Secretario General del Pleno, a los Secretarios Generales Técnicos y a otros órganos estatales, autonómicos o municipales que tengan atribuidas normativamente funciones de asesoramiento. Jefatura de los servicios jurídicos.
Guadalajara. 2 de septiembre de 2020- El Concejal Delegado de Recursos Humanos, D. Santiago Tomas Baeza San Llorente