Ayuntamiento de Jadraque
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Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de modificación de la ordenanza municipal reguladora de la tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Modificación del siguiente artículo:
Artículo 4. Cuota Tributaria.
La cuota tributaria se determinará de la siguiente manera:
1. Por cada construcción, instalación u obra de nueva planta o reforma interior o reconstrucción, de ampliación o mejoras de las existentes, destinándose a viviendas, locales comerciales o industriales de cualquier uso, se devengarán las siguientes tasas:
- Por informe de obra menor, información urbanística, infracción urbanística, ruina: 60 euros informe.
- Informe obra mayor, legalización, actividad, memoria valorada: 0,7% PEM (Presupuesto Ejecución Material).
2. Por cada segregación, parcelación, reparcelación o división de fincas, se aplicará:
- Urbanas: 0,25 €/m2.
- Rústicas: 0,05 €/m2.
3. Por cada alineación: 2€ /ml fachada
Contra el presente Acuerdo se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Jadraque a 2 de abril de 2013.– El Alcalde, Alberto Domínguez Luis.