Ayuntamiento de Villanueva de la Torre
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ANUNCIO
Visto art. 4 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por realización de Actividades y Talleres Infantiles, Juveniles y de la Tercera Edad, publicada en BOP n.º 73 de fecha 18 de junio de 2012, se hace pública la tarifa a aplicar a la actividad de campamento urbano de Semana Santa “EDUCA”.
Visto que, de conformidad con el mismo artículo, el pago habrá de realizarse mediante ingreso en las entidades autorizadas con carácter previo a la prestación de cada actividad o taller, debiendo presentar el justificante de pago a la persona designada por el Ayuntamiento como requisito previo a la formalización de la inscripción y, en todo caso, con antelación a su participación en dichas actividades. Se exige, en todos los casos, el establecimiento de un número mínimo de usuarios establecido en contrato para que pueda desarrollarse el taller o actividad.
Visto el coste del contrato, se le aplica el 10% por costes indirectos de conformidad con la Ordenanza Fiscal, por este mi decreto, he resuelto:
PRIMERO.- Aprobar el importe del precio público de la actividad de campamento urbano de Semana Santa “EDUCA” conforme a la siguiente tarifa:
ACTIVIDAD: CAMPAMENTO URBANO SEMANA SANTA “EDUCA” |
PRECIO PÚBLICO POR DÍA |
HORARIO |
FORMA DE PAGO |
9,5 € |
De 07:30 a 14:00 h |
Autoliquidación: Pago previo a la actividad al formalizar matrícula |
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7,5 € |
De 09:00 a 14:00 h |
Autoliquidación: Pago previo a la actividad al formalizar matrícula |
SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
“Contra este acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, se podrá interponer en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá interponer ante el Pleno recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del mismo. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere oportuno.”
Villanueva de la Torre a 20 de marzo de 2013.– La Vicesecretario-Interventor, Marta Navarro Ortega.