Ayuntamiento de Cabanillas del Campo
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Aprobación definitiva modificación ordenanza
Transcurrido el plazo de treinta días desde la aparición en el BOP n.º 79, de fecha 3 de julio de 2013, del anuncio por el que se hace público el acuerdo provisional de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de suministro municipal de agua, no habiéndose presentado reclamaciones contra el expediente seguido al efecto, dicho acuerdo queda elevado a definitivo, de conformidad con el art. 17.3 del R.D.L. 2/2004, de 5 de marzo, por que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
El texto modificado se hace público como anexo a este anuncio, para su general conocimiento, en lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 17.4 del Texto Refundido de la Ley de Reguladora de Haciendas Locales y 70.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Contra este acuerdo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses contados a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Cabanillas del Campo, 8 de agosto de 2013.– El Alcalde, por delegación, Julián Rodríguez Henche.
Anexo
Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de suministro municipal de agua.
Texto modificado cuya entrada en vigor será al día siguiente de su publicación y con efectos en el segundo semestre de 2013:
Artículo 8. Exenciones y bonificaciones.
Se establece una bonificación del 5% de la cuota líquida a favor de aquellos sujetos pasivos que domicilien sus deudas de vencimiento periódico en una entidad financiera.