EXCMO. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA
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EXTRACTO DEL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA POR EL QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES, CORRESPONDIENTE AL AÑO 2016 PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL DESARROLLO BDNS(Identif.):318336 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38 / 2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la página web del Ayuntamiento de Guadalajara. Beneficiarios.- La presente convocatoria se tramita en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con el articulo 22.1 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. Podrán presentar proyectos a esta convocatoria de ayudas, las Organizaciones No Gubernamentales legalmente constituidas para el Desarrollo, así como entidades con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que reúnan el conjunto de los siguientes requisitos: - Tener personalidad jurídica. - No perseguir fines lucrativos ni depender económica o institucionalmente de entidades lucrativas. - Estar legalmente constituidas, con una antigüedad mínima de dos años antes a la publicación de la presente convocatoria y estar debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones, Fundaciones o cualquier otro de carácter público pertinente. - Tener sede central o delegación permanente operativa en la provincia de Guadalajara, y que dicha delegación asuma la responsabilidad directa en la presentación de la solicitud y de la relación con el Ayuntamiento de Guadalajara para la tramitación del expediente, se comprometa al mantenimiento de la contabilidad, documentación y co gestión del proyecto, así como a abrir una cuenta bancaria en el ámbito de la provincia de Guadalajara, a menos que se trate de una entidad acreditada como banca ética o solidaria. - Reflejar en sus estatutos que entre sus fines se encuentra la realización de actividades y proyectos orientados a la solidaridad y cooperación al desarrollo. - Disponer de estructura suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines sociales, acreditando experiencia en cooperación y capacidad operativa necesarias para ello, debiendo presentar al efecto una memoria de sus actividades. - Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. - Encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Guadalajara (según modelo publicado en la página web del Ayuntamiento). - No podrán recibir subvención con cargo a la presente Convocatoria aquellas Entidades que, habiendo recibido ayuda con anterioridad no hayan procedido a su justificación, de acuerdo con las normas reguladoras de la Convocatoria que corresponda. - No podrán ser beneficiarias de las subvenciones de esta convocatoria las organizaciones no gubernamentales de desarrollo en las que concurra alguna de las circunstancias contenidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones 38/2003,de 17 de noviembre. - Las ONGD o entidades deberán presentar memoria de actividades del año anterior a la presente convocatoria y, de no recogerse en la misma el balance económico de la entidad, deberán aportarlo en documento aparte. Objeto.-La presente convocatoria tiene como objeto la financiación de proyectos que impulsen un modelo de desarrollo humano sostenible, encaminados a la promoción y desarrollo de las personas y comunidades de países en vías de desarrollo, respetando su identidad histórica y cultural, (quedando los criterios, líneas y prioridades de actuación fijados en el Anexo I de las presentes bases de convocatoria). Cuantía.- Para el procedimiento ordinario de adjudicación de ayudas para financiar proyectos en los Países menos avanzados correspondientes a la convocatoria de Cooperación al Desarrollo, se destinará la cuantía dotada presupuestariamente (153.000 euros). Plazo de presentación.- Se establece un plazo de 30 días hábiles para la presentación de solicitudes a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara. Guadalajara a 21 de septiembre de 2016.- El Alcalde, D. Antonio Román Jasanada