Ayuntamiento de Pozo de Almoguera
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Pozo de Almoguera de fecha 8 de noviembre de 2013, publicada la aprobación provisional en el Boletín de la provincia de 25 de noviembre de 2013, sobre la modificación de las siguientes ordenanzas: Ordenanza fiscal reguladora de la tasa de recogida de basuras, tasa por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentran gravados con el IVTM, tasa por vertido y desagüe de canalones, cuyo texto se hace público en cumplimento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
TASA DE RECOGIDA DE BASURAS
“Artículo 6.2.- Cuota tributaria: Por cada vivienda: 60,00 euros.”
Tasa por rodaje y arrastre de vehículos que no se encuentren gravados por el IVTM
“Artículo 8.2.- Las tarifas de la tasa serán las siguientes: Por cada unidad de tractor agrícola/año: 18,00 euros. Por cada unidad de remolque agrícola/año:18,00 euros.”
TASA POR VERTIDO DE CANALONES Y OTRAS INSTALACIONES ANÁLOGAS EN TERRENOS DE USO PÚBLICO LOCAL
“Artículo 6.2.- Las tarifas de la tasa serán las siguientes: Por cada metro lineal o fracción de fachada del inmueble, al año: 1 euro.”
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del RDL 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer, por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
Este acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Pozo de Almoguera a 13 de enero de 2014.– El Alcalde, Antonio Hurtado González.