Ayuntamiento de El Recuenco
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Que, en sesión ordinaria del Pleno de fecha 1 de marzo de 2014, con la asistencia de todos los miembros de la Corporación, entre otros, se adoptó el acuerdo del tenor literal siguiente:
Considerando que los nichos que actualmente están construidos no cumplen con la legislación vigente de policía mortuoria por haberse extinguido los derechos funerarios.
Realizada la tramitación legalmente establecida y visto el dictamen de la comisión informativa, en virtud de la competencia otorgada por el artículo 22.2.n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,
ACUERDO
PRIMERO. Iniciar expediente para extinguir los derechos funerarios que existen sobre las fosas números 16, 17, 43, 61, 63, 68, 70, 76, 79, 82, 83, 84, 86, 87, 88, 89, 90, 91, 94, 95, 96, 97, 99, 110, 111, 115, 116, 117, 118, 119, 123, 126 y 127 del cementerio de este municipio.
SEGUNDO. Notificar a los interesados el inicio del expediente para que aleguen y presenten los documentos y justificaciones que estimen pertinentes durante el plazo de quince días.
TERCERO. De conformidad con lo establecido en los artículos 59.5 y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, someter el expediente a información pública por plazo de un mes, que se computará desde el siguiente al de la publicación del correspondiente anuncio en el BOP, a fin de que cualquiera persona física o jurídica pueda examinar el procedimiento.
Y para que conste, a los efectos oportunos en el expediente de su razón, de orden y con el V.º B.º del Sr. Alcalde, con la salvedad prevista en el artículo 206 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se expide la presente en El Recuenco a 1 de marzo de 2014.– El Alcalde, Paulino Collada Ruiz. El Secretario, Luis María Vaca Ferrero.