Ayuntamiento de Mondéjar
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Intentada sin efecto la notificación de la resolución y liquidación formuladas en el expediente sancionador que se detalla, por supuesta infracción a la normativa que se cita, y en cumplimiento de lo prevenido en los arts. 59.4 y 61 de la Ley 30/1992 (LRJAP y PAC), de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, se publica el presente, para que sirva de notificación del mismo, significándole que queda de manifiesto el expediente, en el Departamento de Sanciones de este Ayuntamiento, Plaza Mayor, n.º 1, en la localidad de Mondéjar (Guadalajara). Le comunico que el importe de la sanción deberá hacerlo efectivo en periodo voluntario a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, momento en el que adquiere firmeza en vía administrativa, y en los plazos siguientes:
Las que sean firmes entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha en que adquiere firmeza hasta el día 20 del mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
Las que sean firmes entre los días 16 y último de cada mes, desde que adquieran firmeza hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
La cuantía de la sanción impuesta deberá hacerse efectiva mediante ingreso en la cuenta que este Ayuntamiento tiene abierta en La Caixa, con dirección en calle Mayor, sin número, en la localidad de Mondéjar (Guadalajara), con apercibimiento de que si no consta el pago de la sanción en el plazo señalado, se procederá a certificar el descubierto para su cobro en vía ejecutiva.
- Interesado: Tomás Hernando Pérez.
- Expediente: Registro de Salida número: 085/6.2.
- Normativa de aplicación: Artículo 7 de la Ordenanza municipal sobre regulación de la venta ambulante con puestos, barracas, casetas de ventas, espectáculos o atracciones situados en terrenos de uso público.
- Sanción: Treinta euros con cinco céntimos de euro.
- Acto notificado: Resolución definitiva en procedimiento sancionador.
- Recursos: Contra la presente liquidación puede Ud. interponer recurso de reposición ante el órgano administrativo autor del acto en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que reciba la presente notificación (art. 14.2, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Hacienda Locales). En caso de ser interpuesto dicho recurso, el mismo deberá ser resuelto en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su presentación, y se entenderá desestimado de no ser resuelto en el citado plazo. Contra la desestimación por ausencia de resolución expresa cabrá la interposición de recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de seis meses, desde la finalización del plazo anterior.
Mondéjar a 25 de febrero de 2014.– El Alcalde, José Luis Vega Pérez.