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No habiéndose podido practicar la notificación a Rimafer Textil, S.L., del Decreto del Alcalde-Presidente, que se detalla a continuación, y de conformidad con el párrafo 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento del último domicilio del interesado y en el Boletín Oficial de la Provincia.
“En uso de las atribuciones que me corresponden,
VENGO EN DECRETAR:
De conformidad con la propuesta emitida por el administrador del Mercado Municipal, incluir en la relación de autorizaciones para la venta ambulante en el Mercado de Abastos, a la empresa Rimafer Textil, S.L., desde el 1 de enero de 2010, referido al puesto 25, destinado a venta de textil, martes y sábados, de conformidad con el Decreto de 4 de mayo de 2010, por el que se le autorizaba la ocupación para ejercer la actividad, debiéndose liquidar la tasa correspondiente desde el 1 de enero de 2010 al 31 de diciembre del 2013, ya que dicha empresa ha ejercido la mencionada actividad de venta ambulante en el mercadillo municipal”.
Guadalajara, 1 de abril de 2014.– El Alcalde.