1965
NOTIFICACIÓN
Con fecha 9 de julio de 2013, la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Guadalajara levantó acta de infracción n.º 26758/2013 a la empresa Viorel Ionel Popescu, con domicilio, a efectos de notificaciones, en Bulevar Alto Tajo 1- 4º B - Guadalajara -, por infracción a lo dispuesto en el artículo 36.4 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/2009, al haber dado empleo a trabajadores extranjeros sin haber obtenido, con carácter previo, el preceptivo permiso de trabajo, lo que constituye una infracción muy grave tipificada en el artículo 54.1.d) de la Ley Orgánica 4/2000, en su redacción dada por la Ley Orgánica 2/2009 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Tramitado el correspondiente expediente sancionador con el número 24/2013, se ha dictado por esta Subdelegación del Gobierno Resolución, de fecha veintisiete de marzo de dos mil catorce, revocando la sanción impuesta en anterior resolución de fecha nueve de octubre de dos mil trece y, en consecuencia, archivar el citado procedimiento sancionador.
Intentada la notificación de esta Resolución, por medio de todos los procedimientos previstos en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, no ha sido posible practicarla por ignorarse su actual domicilio, por cuyo motivo y desconociéndose su actual paradero, de conformidad con el apartado 4 del artículo 59 de la citada Ley 30/1992, se hace público en este periódico oficial, a los efectos de la notificación previsto en este precepto, pudiendo retirar ambos documentos en esta Subdelegación del Gobierno (P.º Dr. Fernández Iparraguirre, 8).
Contra la Resolución se puede interponer en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, o ante el de la jurisdicción del domicilio del demandante, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, y en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, reformada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio.
Potestativamente, se podrá interponer contra la resolución recurso de reposición como previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, ante la Subdelegación del Gobierno de Guadalajara, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero.
Guadalajara a 5 de mayo de 2014.– El Subdelegado del Gobierno, Juan Pablo Sánchez Sánchez-Seco.