Ayuntamiento de Espinosa de Henares
1887
Anuncio DE APROBACIÓN Provisional
El Pleno del Ayuntamiento de Espinosa de Henares, en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2014, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por ocupación del dominio público con instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico.
Y, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los interesados1 puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
En Espinosa de Henares a 29 de abril de 2014.– El Alcalde, Pedro Rubio Vaquero.
1 De conformidad con lo previsto en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales tienen la consideración de interesados, a los efectos de reclamar contra acuerdos provisionales:
- Los que tuvieran un interés directo o resulten afectados por tales acuerdos.
- Los Colegios oficiales, Cámaras oficiales, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por los intereses profesionales, económicos o vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.