Ayuntamiento de Taragudo
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Anuncio DE APROBACIÓN DEFINITIVA
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Taragudo sobre la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por servicio de agua potable, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
“Resultando que la Mancomunidad de Aguas La Muela tiene establecida una cuota fija se considera necesario repercutir dicho coste entre los usuarios del servicio de agua potable debiendo para ello actualizar el precio fijo del agua. En base a lo anterior, según la propuesta de Dictamen de la Comisión Informativa de Hacienda, el Pleno del Ayuntamiento de Taragudo, previa deliberación, con el voto favorable de todos los grupos y, en consecuencia, por unanimidad, los miembros de la Corporación,
ACUERDAN
PRIMERO. Aprobar la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por servicio de agua potable, con la redacción que a continuación se recoge:
«Artículo 5. Cuota tributaria.
Cuota fija del servicio anual 31,00 euros.»
SEGUNDO. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia, por plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
TERCERO. Considerar, en el supuesto de que no se presentasen reclamaciones al expediente, en el plazo anteriormente indicado, que el acuerdo es definitivo, en base al artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
CUARTO. Facultar al Sr. Alcalde-Presidente para suscribir los documentos relacionados con este asunto”.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Taragudo a 1 de julio de 2014.– El Alcalde, José del Molino González.