Ayuntamiento de Luzaga
1843
Anuncio
Transcurrido el plazo de exposición al público del acuerdo provisional adoptado por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2014, relativo a la aprobación provisional de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por prestación del servicios de cementerio municipal y aprovechamiento especial de dominio público en el cementerio municipal de Luzaga, y no habiéndose presentado reclamación alguna, quedan elevados automáticamente a definitivos dichos acuerdos, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Asimismo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del citado Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales, como anexo a este anuncio, se publica el texto de la citada ordenanza.
Contra dicho acuerdo definitivo, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
En Luzaga a 8 de mayo de 2014.– El Alcalde, Gonzalo Luengo Gil.