Ayuntamiento de El Casar
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BASES Y CONVOCATORIA POR PROMOCIÓN INTERNA DE PLAZAS DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL
Publicada la Oferta de Empleo Público en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara de 20 de mayo de 2016, y de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha, la Alcaldía Presidencia del Ayuntamiento de El Casar, en virtud de las competencias otorgadas por la legislación vigente, acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso por el sistema de por promoción interna, mediante el procedimiento de concurso-oposición, en la escala básica, categoría de oficial, con sujeción a las siguientes:
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1.- Se convocan pruebas selectivas para cubrir por el sistema de promoción interna y mediante el procedimiento de concurso-oposición, de una plaza en la escala básica, categoría de oficial, del cuerpo de Policía local de este Ayuntamiento, clasificada/s en el subgrupo C-1 de los establecidos en el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
1.2.- A las presentes pruebas selectivas le serán de aplicación la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de las Policías Locales de Castilla-La Mancha, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 110/2006, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha; la Ley 4/2011, de 10 de marzo, del Empleo Público de Castilla-La Mancha; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y las bases de esta convocatoria.
2. Requisitos de los candidatos.
2.1.- Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española.
b) Estar en posesión del título de bachiller, técnico de formación profesional o equivalente, o bien tener una antigüedad de cinco años como policía y la superación de un curso específico de formación programado por la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, o una antigüedad de diez años como policía. En caso de titulación obtenida en el extranjero, deberá acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia, o cualquier otro órgano de la Administración competente para ello. A efectos de equivalencias con los títulos de bachiller o técnico, deberá estarse a lo dispuesto en la Orden del Ministerio de Educación 1603/2009, de 10 de junio, publicada en el BOE n.º 146, de 17 de junio de 2009, por la que se establecen las equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
No será necesaria la posesión de la titulación, cuando se haya realizado el curso de integración previsto en la disposición transitoria segunda de la Ley 8/2002, de 23 de mayo, de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
c) Haber permanecido, al menos, durante dos años, como funcionario de carrera en la categoría de Policía en el Ayuntamiento de El Casar
d) No encontrarse en la situación de segunda actividad.
e) No haber sido sancionado por la comisión de falta grave o muy grave, salvo que se hubiera obtenido la cancelación de la sanción impuesta.
f) No haber sido separado del servicio de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
g) Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A o A2 y B.
h) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
2.2.- Todos los requisitos deberán reunirse el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
3. Solicitudes.
3.1.- La solicitud para tomar parte en estas pruebas selectivas será facilitada por este Ayuntamiento, conforme al modelo del anexo III de la presente convocatoria.
3.2.- Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia de esta corporación.
3.3.- Quienes deseen realizar la prueba voluntaria de idioma, deberán indicar en la solicitud el idioma o idiomas elegidos, en su caso, entre los señalados en la base 6.2.
3.4.- El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
3.5.- La presentación de solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento o realizarse con arreglo a las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3.6.- Los derechos de examen serán 10,00 €, y se ingresarán en el número de cuenta corriente IBAN ES78 00301259 3203 7510 1273 (Banco de Santander), o bien en metálico o a través de giro postal o telegráfico a nombre de la presente corporación, haciendo constar su objeto en el correspondiente impreso.
4. Admisión de personas aspirantes.
4.1.- Terminado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución aprobando las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, recogiendo la relación provisional de personas aspirantes excluidas e indicando las causas de exclusión y el lugar donde se encuentra expuesta al público la relación provisional de personas aspirantes admitidas. Las personas aspirantes provisionalmente excluidas tendrán un plazo de 10 días para subsanar los defectos causantes de su exclusión.
4.2.- Transcurrido el plazo para subsanar los defectos, el mismo órgano que aprobó las relaciones provisionales dictará resolución aprobando las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo, y señalando la fecha, la hora y el lugar para el inicio de las pruebas. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, conteniendo las relaciones definitivas de personas aspirantes excluidas y el lugar donde se exponen al público las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas.
5. Tribunal calificador
5.1.- El Tribunal calificador de las pruebas selectivas se compondrá de la siguiente forma:
Presidencia: Una persona funcionaria de carrera designada por el órgano convocante.
Secretaría: Un funcionario del Ayuntamiento
Vocalías: Una persona funcionaria de carrera designada por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y tres funcionarios de carrera pertenecientes al Cuerpo de Policía local, al menos, con la categoría de Oficial, que presten sus servicios en Ayuntamientos de Castilla-La Mancha designados por el órgano convocante. Todos las vocalías deberán poseer una titulación igual o superior a la exigida para las plazas convocadas.
5.2.- La designación de la vocalía designada por la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas deberá efectuarse en el plazo de los 20 días siguientes al de la recepción de la correspondiente solicitud. Si transcurriera dicho plazo sin que se hubiese efectuado la correspondiente designación, la corporación podrá proceder a designar dicha vocalía entre su propio personal funcionario de carrera, siempre que posean igualmente la titulación necesaria, dando cuenta de dicha decisión a la Consejería de Presidencia y Administraciones Públicas.
5.3.- El nombramiento de los miembros del Tribunal calificador incluirá el de sus respectivos suplentes, a quienes les será de aplicación las mismas prescripciones.
5.4.- La Presidencia del Tribunal calificador podrá designar asesores para todas o algunas de las pruebas, cuya función se limitará a asesorar al Tribunal en aquello para lo que fueren nombrados, sin que puedan intervenir directamente en la calificación de las pruebas.
5.5.- Para la válida actuación del Tribunal calificador, será necesaria la presencia de la mayoría de sus miembros y, en todo caso, la de la Presidencia y la Secretaría o de las personas que legalmente les sustituyan.
5.6.- Los miembros del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Corporación, cuando en ellos concurran alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, y por las mismas causas, podrán ser recusados por las personas aspirantes.
5.7.- El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda, según lo dispuesto en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.
6. Sistema selectivo.
6.1.- La selección de las personas aspirantes se realizará por el sistema de concurso-oposición y constará de:
a) Proceso selectivo:
- Fase de oposición.
- Fase de concurso.
c) Curso selectivo.
6.2.- La fase de oposición constará de las cuatro pruebas siguientes, obligatorias y eliminatorias, a excepción de la primera que no será eliminatoria y la quinta, que tendrá carácter voluntario y de mérito para las personas aspirantes, a celebrar por el orden siguiente:
Primera prueba: Aptitud física. Estará dirigida a comprobar las condiciones de fuerza, agilidad, flexibilidad y resistencia de las personas aspirantes. Consistirá en las pruebas previstas en el anexo I. Previamente a la celebración de estas, cada persona aspirante deberá presentar un certificado médico, expedido con una antelación no superior a treinta días, en relación con la fecha de realización de las pruebas, en el que se exprese que la persona aspirante está capacitada para realizarlas. Se calificará de cero a diez puntos, atendiendo a las marcas de referencia previstas en el anexo I, no siendo eliminatoria.
Las aspirantes que no puedan realizar las pruebas físicas por embarazo o parto, debidamente acreditados, podrán realizar potestativamente las mencionadas pruebas físicas, con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de la documentación prevista en la base 9.1 de la convocatoria.
Segunda prueba: Aptitud psicotécnica. Se incluirá una entrevista de este carácter, así como un test dirigido a determinar las aptitudes y actitudes de las personas aspirantes para el desempeño de las funciones de su categoría. Se calificará de apto o no apto.
Tercera prueba: Prueba práctica. Consistente en resolver uno o varios casos prácticos relacionados con las materias que figuran en el anexo II. El tiempo para la realización de la prueba será de noventa minutos. Se calificará de cero a diez puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de cinco puntos.
Cuarta prueba: Voluntaria, de idiomas. Consistirá en la traducción inversa, por escrito, de uno o varios idiomas, a elección de la persona aspirante (inglés, francés, alemán y/o italiano), de un documento redactado en español, sin diccionario, y la posterior lectura en sesión pública ente el Tribunal del texto, seguida de una conversación con esta en la lengua elegida. La prueba será calificada de cero a un punto, por cada uno de los idiomas sobre los que se examine la persona aspirante, sin que, en ningún caso, la puntuación total de la prueba pueda ser superior a tres puntos.
6.3.- En la fase de concurso, la evaluación se efectuará conforme al siguiente baremo:
1) Un máximo de dos puntos por antigüedad:
a) Por cada año completo de antigüedad en la categoría de policía o superior: 0,20 puntos.
b) Por cada año completo de antigüedad prestado en otras fuerzas y cuerpos de seguridad: 0,10 puntos.
c) Por cada año completo de antigüedad prestado en cualquier Administración Pública: 0,05 puntos, con el límite de 0,50 puntos.
2) Un máximo de dos puntos por cursos de formación en el área de seguridad:
a) Asistencia a jornadas o congresos y simposios de interés policial: 0,10 puntos, por cada uno.
b) Cursos oficiales impartidos por Administraciones públicas relacionados con las funciones de Policía local, hasta 20 horas lectivas: 0,20 puntos cada uno; de entre 21 y 40 horas lectivas: 0,30 puntos por cada uno; superiores a 40 horas lectivas: 0,50 puntos cada uno.
c) Por haber impartido cursos, seminarios o simposios de interés policial como profesor: 0,50 puntos por cada uno impartido de entre 7 y 21 horas, y 0,75 puntos, de 22 en adelante.
3) Un máximo de un punto por los títulos académicos siguientes:
a) Doctor o máster: 1 punto.
b) Licenciado o grado: 0,90 puntos.
c) Diplomado en criminología: 0,80 puntos.
d) Cualquier otra diplomatura: 0,70 puntos.
e) Técnico superior: 0,50 puntos.
No se valorarán aquellas titulaciones que fueran imprescindibles para la obtención de otras de nivel superior.
4) Un máximo de 1 punto por las condecoraciones recibidas como consecuencia de actuaciones profesionales.
6.4.- Los méritos relativos a las titulaciones académicas y cursos de formación y perfeccionamiento profesional indicados en la base anterior se justificarán por las personas participantes mediante fotocopias compulsadas
6.5.- La puntuación final, en orden a determinar las personas aspirantes que superan el proceso selectivo, vendrá determinada por la suma de la obtenida en los ejercicios de la fase de oposición y la puntuación total obtenida en la fase de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mejor puntuación obtenida en la prueba práctica de la fase de oposición. De persistir el empate, se aplicará el orden de actuación de las personas aspirantes a que se refiere la base 7.3.
6.6.- La fecha del primer ejercicio de la fase de oposición comenzará a partir del día 1 de julio de 2016, determinándose la fecha exacta en la Resolución que se indica en la base 4.2.
7. Desarrollo de los ejercicios.
7.1.- En cualquier momento, el Tribunal calificador podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.
7.2.- Las personas aspirantes serán convocadas en llamamiento único para cada una de las pruebas de la fase de oposición. Decaerán en su derecho quienes no comparezcan a su realización, salvo en casos de fuerza mayor y otros excepcionales que no afecten al normal desarrollo del proceso, para los que podrá realizarse una convocatoria extraordinaria.
7.3.- El orden de actuación, cuando no se traté de pruebas simultáneas, conforme a lo establecido en la Resolución de 24 de febrero de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «H», atendiendo a estos efectos a la ordenación alfabética resultante del listado de aspirantes admitidos. En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «H», el orden de actuación se iniciará por aquellos que su primer apellido comience por la letra «I», y así, sucesivamente.
7.4.- Cuando sea compatible con la realización de las pruebas, estas se realizarán de formas que quede garantizada el anonimato de las personas aspirantes.
7.5.- La duración máxima de la fase del procedimiento selectivo no excederá de seis meses, contados desde la fecha de realización de la primera prueba.
7.6.- Entre la publicación de la relación de personas aspirantes aprobadas en una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.
7.7.- La publicación de los sucesivos anuncios de celebración del segundo y restantes ejercicios de la fase de oposición se efectuará por el Tribunal calificador en el tablón de edictos del Ayuntamiento, sito en Plaza de la Constitución n.º 1, El Casar y cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con 48 horas, al menos, de antelación al comienzo de los mismos.
7.8.- Si en cualquier momento del proceso de selección, llegara a conocimiento del Tribunal calificador que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponerse su exclusión a la Presidencia de la corporación, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
8. Lista de personas aprobadas.
8.1.- Concluidas cada una de las pruebas de la fase de oposición, el Tribunal Calificador hará públicas en el tablón de edictos del Ayuntamiento o en los lugares de examen y cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, la relación de las personas aspirantes que hayan superado cada una de ellas.
8.2.- Finalizado el procedimiento selectivo, el Tribunal calificador hará pública la relación de personas aprobadas por orden de puntuación, elevando al órgano convocante la propuesta de personas aspirantes que deberán realizar el curso selectivo.
8.3.- El Tribunal calificador no podrá proponer para la realización del curso selectivo un mayor número de personas aspirantes que el de plazas convocadas.
No obstante lo anterior, cuando se produzca alguna renuncia de las personas aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo, antes de su nombramiento como funcionarios o funcionarias en prácticas en la respectiva categoría, el órgano convocante podrá requerir al Tribunal calificador, una relación complementaria de personas aspirantes que sigan a los propuestas, para su posible nombramiento como funcionarios o funcionarias en prácticas en la categoría.
9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionario o funcionaria en prácticas.
9.1.- Las personas aspirantes propuestas presentarán, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación de personas aprobadas prevista en el apartado 8.2, los documentos acreditativos de reunir las condiciones para tomar parte en el procedimiento selectivo que se exigen en la convocatoria, estando exentos de justificar las condiciones y demás requisitos para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación acreditativa de su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
9.2.- Si dentro del plazo indicado y salvo los causas de fuerza mayor, las personas aprobadas propuestas no presentaran la documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombradas y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en el procedimiento selectivo.
9.3.- Las personas aspirantes que superen el proceso selectivo, y acrediten reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, serán nombradas funcionarios o funcionarias en prácticas. Esta situación se mantendrá hasta su nombramiento como funcionarios o funcionarias de carrera.
10. Curso selectivo y nombramiento de funcionario o funcionarias de carrera.
10.1.- Para adquirir la condición de funcionario o funcionaria de carrera será preciso superar un curso selectivo de la categoría de Oficial en la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, salvo que la persona aspirante ya hubiese superado con anterioridad el curso correspondiente y obtenga la correspondiente convalidación.
10.2.- La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas homologará parte o la totalidad del curso selectivo a aquellas personas aspirantes que lo soliciten, acreditando haber superado el contenido de las materias que lo integran en otra Escuela de Policía, ya sea local, autonómica o estatal.
10.3.- El contenido del curso selectivo se ajustará a la adquisición de conocimientos y al desarrollo de habilidades, destrezas y actitudes necesarias para el desempeño de los puestos de trabajo correspondiente a la categoría de Oficial.
10.4.- Recibido el informe de la Escuela de Protección Ciudadana de Castilla-La Mancha, el Ayuntamiento procederá al nombramiento de funcionario o funcionaria de carrera en el plazo de 15 días.
10.5.- El orden de prelación en el proceso selectivo se obtendrá de la suma de las notas obtenidas en el procedimiento selectivo y en el curso selectivo.
10.6.- Para adquirir la condición de funcionario de carrera del Cuerpo de Policía local de El Casar, el Ayuntamiento exigirán a las personas aspirantes, además del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, las siguientes condiciones:
a) Aceptación del compromiso de portar armas, así como de utilizarlas en caso necesario.
b) Toma de posesión del puesto adjudicado, en el plazo de un mes desde que fueran nombrados, salvo que concurran causas extraordinarias que lo impidan.
c) Aceptación del compromiso de obtener el permiso de conducción de la clase A, si no estuvieran en posesión del mismo, desde el momento en que reúnan los requisitos necesarios para su obtención, si el Ayuntamiento así se lo requiriese por necesidades del servicio. Los gastos de obtención de dicho permiso de conducción serán por cuenta del propio personal funcionario.
11. Norma final.
Contra la presente convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara en el plazo de dos meses, o, previamente, recurso potestativo de reposición, ante el órgano administrativo que dictó la presente convocatoria en el plazo de un mes, en ambos supuestos, desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, según establecen los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente
En El Casar a 30 de junio de 2016.– El Alcalde, José Luis González Lamola.
Anexo I
CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE EL CASAR
PRIMERA PRUEBA: APTITUD FÍSICA
PRUEBAS FÍSICAS
1. Consistirán en la realización de las cuatro pruebas siguientes:
1. Carrera de velocidad (60 metros).
2. Carrera de resistencia (1.000 metros).
3. Salto de longitud (pies juntos).
4. Lanzamiento de balón medicinal de 4 kg para los hombres y 3 kg para las mujeres.
2. Las pruebas se realizarán por el orden en que están relacionadas.
3. Desarrollo de las pruebas:
CARRERA DE VELOCIDAD DE 60 METROS
3.1.1. Disposición.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, sin tacos.
3.1.2. Ejecución.
La propia de una carrera de velocidad.
3.1.3. Medición.
Deberá ser manual, con cronómetro.
3.1.4. Intentos.
Se efectuará un solo intento.
3.1.5. Invalidaciones.
De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
3.1.6. Marcas de referencia.
Según el cuadro indicado de pruebas y marcas de referencia.
CARRERA DE RESISTENCIA DE 1.000 METROS
3.2.1. Disposición.
El aspirante se colocará en la pista en el lugar indicado.
3.2.2. Ejecución.
La propia de este tipo de carrera.
3.2.3. Medición.
Se tendrá en cuenta lo dicho para la carrera de velocidad.
3.2.4. Intentos.
Un solo intento.
3.2.5. Invalidaciones.
De acuerdo con el Reglamento de la FIAA.
3.2.6. Marcas de referencia.
Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
SALTO DE LONGITUD CON LOS PIES JUNTOS
3.3.1. Disposición.
El aspirante se colocará entre la raya de 1 metro de larga y 0,05 metros de ancha marcada en el suelo paralela al foso de saltos, y a una distancia de 0,05 metros al borde anterior del mismo.
3.3.2. Ejecución.
Cuando esté dispuesto el aspirante, flexionará y extenderá rápidamente el tren inferior para, apoyando los dos pies en el suelo, proyectar el cuerpo hacia adelante y caer en el foso.
3.3.3. Medición.
Se efectuará desde la parte de la raya más alejada del foso hasta la última huella que deje el cuerpo del aspirante sobre la arena del foso.
3.3.4. Intentos.
Puede realizar tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.3.5. Invalidaciones.
El salto debe realizarse con un solo impulso de los pies, contabilizándose como nulo aquel en el que una vez separados los pies del suelo, vuelvan a apoyarse de nuevo para la impulsión definitiva.
Es nulo el salto en el que el aspirante pise la raya en el momento de la impulsión.
Es nulo el salto que se produce por el apoyo alternativo y no simultáneo de los pies sobre el suelo.
3.3.6. Marcas de referencia.
Según el cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
LANZAMIENTO DE BALÓN MEDICINAL
3.4.1. Disposición.
Pies separados y simétricos, sosteniendo el balón con ambas manos por encima y detrás de la cabeza.
3.4.2. Ejecución.
Lanzarán el balón con fuerza por encima de la cabeza de forma que caiga dentro del sector de lanzamiento.
3.4.3. Medición.
Deberá ser manual.
3.4.4. Intentos.
Tres intentos. El tiempo mínimo de preparación entre cada uno de ellos será de dos minutos.
3.4.5. Invalidaciones.
Levantar los pies del suelo en su totalidad.
Que el balón no caiga dentro de la zona de lanzamiento.
3.4.6. Marcas de referencia.
Cuadro indicativo de pruebas y marcas de referencia.
4. Marcas de referencia.
Carrera de velocidad (60 metros)
Cuadro de marcas en segundos ('') y su puntuación (hombres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Más de 55 años |
0 |
Mas de 9,8'' |
Más de 10,3'' |
Más de 10,6'' |
Más de 10,9'' |
Más de 11,11'' |
Más de 11,4'' |
1 |
Más de 9,6'' hasta 9,8'' |
Más de 10,1'' hasta 10,3'' |
Más de 10,4'' hasta 10,6'' |
Más de 10,7'' hasta 10,9'' |
Más de 10,9'' hasta 11,1'' |
Más 11,2'' hasta 11,4'' |
2 |
Más de 9,4'' hasta 9,6'' |
Más de 9,9'' hasta 10,1'' |
Más de 10,2'' hasta 10,4'' |
Más de 10,5'' hasta 10,7'' |
Más de 10,7'' hasta 10,9'' |
Más de 11' hasta 11,2'' |
3 |
Más de 9,2'' hasta 9,4'' |
Más de 9,7'' hasta 9,9'' |
Más de 10'' hasta 10,2'' |
Más de 10,3'' hasta 10,5'' |
Más de 10,5'' hasta 10,7'' |
Más de 10, 8'' hasta 11'' |
4 |
Más de 9'' hasta 9,2'' |
Más de 9,5'' hasta 9,7'' |
Más de 9,8'' hasta 10'' |
Más de 10,1'' hasta 10,3'' |
Más de 10,3'' hasta 10,5'' |
Más de 10,6'' hasta 10,8'' |
5 |
Más de 8,4'' hasta 9'' |
Más de 8,9'' hasta 9,5,'' |
Más de 9,2'' hasta 9,8'' |
Más de 9,5'' hasta 10,1'' |
Más de 9,7'' hasta 10,3'' |
Más de 10'' hasta 10,6'' |
6 |
Más de 7,9'' hasta 8,4'' |
Más de 8,4'' hasta 8,9'' |
Más de 8,7'' hasta 9,2'' |
Más de 9'' hasta 9,5'' |
Más de 9,2'' hasta 9,7'' |
Más de 9,5'' hasta 10'' |
7 |
Más de 7,6'' hasta 7,9'' |
Más de 8,1'' hasta 8,4'' |
Más de 8,4'' hasta 8,7'' |
Más de 8,6'' hasta 9'' |
Más de 8,8'' hasta 9,2'' |
Más de 9,1'' hasta 9,5'' |
8 |
Más de 7,2'' hasta 7,6'' |
Más de 7,7'' hasta 8,1'' |
Más de 8'' hasta 8,4'' |
Más de 8,4'' hasta 8,6'' |
Más de 8,6'' hasta 8,8'' |
Más de 8,9'' hasta 9,1'' |
9 |
Más de 6,4'' hasta 7,2 |
Más de 6,9'' hasta 7,7'' |
Más de 7,2'' hasta 8'' |
Más de 7,6'' hasta 8,4'' |
Más de 7,8'' hasta 8,6'' |
Más de 8,1'' hasta 8,9'' |
10 |
6,4'' o menos |
6,9'' o menos |
7,2'' o menos |
7,6'' o menos |
7,8'' o menos |
8,1'' o menos |
Carrera de velocidad (60 metros)
Cuadro de marcas en segundos ('') y su puntuación (mujeres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Más de 55 años |
0 |
Más de 11,8'' |
Más de 12,2'' |
Más de 12,6'' |
Más de 13,1'' |
Más de 13,4'' |
Más de 13,8'' |
1 |
Más 11,4'' hasta 11,8'' |
Más de 12'' hasta 12,2'' |
Más de 12,3'' hasta 12,6'' |
Más de 12,8'' hasta 13,1'' |
Más de 13,1'' hasta 13,4'' |
Más de 13,5'' hasta 13,8'' |
2 |
Más de 11'' hasta 11,4'' |
Más de 11,8'' hasta 12'' |
Más de 12'' hasta 12,3'' |
Más de 12,5'' hasta 12,8'' |
Más de 12,8'' hasta 13,1'' |
Más de 13,1'' hasta 13,5'' |
3 |
Más de 10, 8'' hasta 11'' |
Más de 11,4'' hasta 11,8'' |
Más de 11,8'' hasta 12'' |
Más de 12,2'' hasta 12,5'' |
Más de 12,5'' hasta 12,8'' |
Más de 12,8'' hasta 13,1'' |
4 |
Más de 10,4'' hasta 10,8'' |
Más de 10,9'' hasta 11,4'' |
Más de 11,4'' hasta 11,8'' |
Más de 11,9'' hasta 12,2'' |
Más de 12,3'' hasta 12,5'' |
Más de 12,6'' hasta 12,8'' |
5 |
Más de 10'' hasta 10,4'' |
Más de 10,5'' hasta 10,9'' |
Más de 11'' hasta 11,4'' |
Más de 11,3'' hasta 11,9'' |
Más de 12'' hasta 12,3'' |
Más de 12,2'' hasta 12,6'' |
6 |
Más de 9,5'' hasta 10'' |
Más de 10,1'' hasta 10,5'' |
Más de 10,5'' hasta 11'' |
Más de 10,8'' hasta 11,3'' |
Más de 11,4'' hasta 12'' |
Más de 11,7'' hasta 12,2'' |
7 |
Más de 9,1'' hasta 9,5'' |
Más de 9,6'' hasta 10,1'' |
Más de 10,1'' hasta 10,5'' |
Más de 10,3'' hasta 10,8'' |
Más de 10,8'' hasta 11,4'' |
Más de 11'' hasta 11,7'' |
8 |
Más de 8,9'' hasta 9,1'' |
Hasta 9'' hasta 9,6'' |
Más de 9,5'' hasta 10,1'' |
Más de 9,6'' hasta 10,3'' |
Más de 10'' hasta 10,8'' |
Más de 10,3'' hasta 11'' |
9 |
Más de 8,1'' hasta 8,9'' |
Más de 8,4'' hasta 9'' |
Más de 8,7 hasta 9,5'' |
Más de 9'' hasta 9,6'' |
Más de 9,4'' hasta 10'' |
Más de 9,6'' hasta 10,3'' |
10 |
8,1'' o menos |
8,4'' o menos |
8,7'' o menos |
9'' o menos |
9,4'' o menos |
9,6'' o menos |
Carrera de resistencia (1.000 metros)
Cuadro de marcas en minutos (') y segundos ('') y su puntuación (hombres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Más de 55 años |
0 |
Mas de 5'05'' |
Más de 5'30'' |
Más de 5'40'' |
Más de 5'50''' |
Más de 6'00'' |
Más de 6'10'' |
1 |
Más de 4'55'' hasta 5'05'' |
Más de 5'20'' hasta 5'30'' |
Más de 5'30'' hasta 5'40'' |
Más de 5'40'' hasta 5'50'' |
Más de 5'50'' hasta 6'00'' |
Más de 6'00'' hasta 6'10'' |
2 |
Más de 4'45'' hasta 4'55'' |
Más de 5'10'' hasta 5'20'' |
Más de 5'20'' hasta 5'30'' |
Más de 5'30'' hasta 5'40'' |
Más de 5'40'' hasta 5'50'' |
Más de 5'50'' hasta 6'00'' |
3 |
Más de 4'35'' hasta 4'45'' |
Más de 5'00'' hasta 5'10'' |
Más de 5'10'' hasta 5'20'' |
Más de 5'20'' hasta 5'30'' |
Más de 5'30'' hasta 5'40'' |
Más de 5'40'' hasta 5'50'' |
4 |
Más de 4'20'' hasta 4'35" |
Más de 4'45'' hasta 5'00'' |
Más de 4,55'' hasta 5'10'' |
Más de 5'05'' hasta 5'20'' |
Más de 5'15'' hasta 5'30'' |
Más de 5'25'' hasta 5'40'' |
5 |
Más de 3'25'' hasta 4'20'' |
Más de 3'50'' hasta 4'45'' |
Más de 4'00" hasta 4'55'' |
Más de 4'10'' hasta 5'05'' |
Más de 4'20'' hasta 5'15'' |
Más de 4'30'' hasta 5'25'' |
6 |
Más de 2'45'' hasta 3'25'' |
Más de 3'10'' hasta 3'50'' |
Más de 3'20'' hasta 4'00'' |
Más de 3'30'' hasta 4'10'' |
Más de 3'40'' hasta 4'20'' |
Más de 3'50'' hasta 4'30'' |
7 |
Más de 2,33'' hasta 2'45'' |
Más de 2'58'' hasta 3'10'' |
Más de 3'08'' hasta 3'20'' |
Más de 3'18'' hasta 3'30'' |
Más de 3'28'' hasta 3'40'' |
Más de 3'38'' hasta 3'50'' |
8 |
Más de 2'27'' hasta 2'33'' |
Más de 2'52'' hasta 2'58'' |
Más de 3'02'' hasta 3'08'' |
Más de 3'12'' hasta 3'18'' |
Más de 3'22'' hasta 3'28'' |
Más de 3'32'' hasta 3'38'' |
9 |
Más de 2'13'' hasta 2'27'' |
Más de 2'38'' hasta 2'52'' |
Más de 2'48'' hasta 3'02"∫ |
Más de 2'58'' hasta 3'12'' |
Más de 3'08'' hasta 3'22'' |
Más de 3'18'' hasta 3'32'' |
10 |
2'13'' o menos |
2'38'' o menos |
2'48'' o menos |
2'58'' o menos |
3'08'' o menos |
3'18'' o menos |
Carrera de resistencia (1.000 metros)
Cuadro de marcas en minutos (') y segundos('') y su puntuación (mujeres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Más de 55 años |
0 |
Más de 6'10'' |
Más de 6'30'' |
Más de 6'40'' |
Más de 6'50'' |
Más de 7'00'' |
Más de 7'20'' |
1 |
Más de 5'50'' hasta 6'10'' |
Más de 6'10'' hasta 6'30'' |
Más de 6'20'' hasta 6'40'' |
Más de 6'30'' hasta 6'50'' |
Más de 6'45'' hasta 7'00'' |
Más de 7'05'' hasta 7'20'' |
2 |
Más de 5'40'' hasta 5'50'' |
Más de 5'50'' hasta 6'10'' |
Más de 6'00'' hasta 6'20'' |
Más de 6'10'' hasta 6'30'' |
Más de 6'30'' hasta 6'45'' |
Más de 6'50'' hasta 7'05'' |
3 |
Más de 5'20'' hasta 5'40'' |
Más de 5'40'' hasta 5'50'' |
Más de 5'45'' hasta 6'00'' |
Más de 5'55'' hasta 6'10'' |
Más de 6'10'' hasta 6'30'' |
Más de 6'35'' hasta 6'50'' |
4 |
Más de 4'55'' hasta 5'20'' |
Más de 5'20'' hasta 5'40'' |
Más de 5'30'' hasta 5'45'' |
Más de 5'40'' hasta 5'55'' |
Más de 5'55'' hasta 6'10'' |
Más de 6'20'' hasta 6'35'' |
5 |
Más de 4'30'' hasta 4'55'' |
Más de 5'00'' hasta 5'20'' |
Más de 5'10'' hasta 5'30'' |
Más de 5'20'' hasta 5'40'' |
Más de 5'30'' hasta 5'55'' |
Más de 5'45'' hasta 6'20'' |
6 |
Más de 4'10'' hasta 4'30'' |
Más de 4'45'' hasta 5'00'' |
Más de 4,50'' hasta 5,10'' |
Más de 5'00'' hasta 5'20'' |
Más de 5'10'' hasta 5'30'' |
Más de 5'30'' hasta 5'45'' |
7 |
Más de 3'50'' hasta 4'10'' |
Más de 4'20'' hasta 4'45'' |
Más de 4,30'' hasta 4'50'' |
Más de 4'40'' hasta 5'00'' |
Más de 4'50'' hasta 5'10'' |
Más de 5'05'' hasta 5'30'' |
8 |
Más de 3'35'' hasta 3'50'' |
Más de 3'55'' hasta 4'20'' |
Más de 4'00'' hasta 4'30'' |
Más de 4'20'' hasta 4'40'' |
Más de 4'30'' hasta 4'50'' |
Más de 4'45'' hasta 5'05'' |
9 |
Más de 3'20'' hasta 3'35'' |
Más de 3'35'' hasta 3'55'' |
Más de 3'45'' hasta 4'00'' |
Más de 3'55'' hasta 4'20'' |
Más de 4'05'' hasta 4'30'' |
Más de 4'15'' hasta 4'45'' |
10 |
3'20'' o menos |
3'35'' o menos |
3'45'' o menos |
3'55'' o menos |
4'05'' o menos |
4'15'' o menos |
Salto de longitud con los pies juntos
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Más de 55 años |
0 |
Menos de 1,5 m |
Menos de 1,3 m |
Menos de 1,2 m |
Menos de 1,1 m |
Menos de 1 m |
Menos de 0,9 m |
1 |
De 1,5 m a 1,6 m |
De 1,3 a 1,4 m |
De 1,2 a 1,3 m |
De 1,1 m a 1,2 m |
De 1 a 1,1 m |
De 0,9 a 1 m |
2 |
Más de 1,6 a 1,7 m |
Más de 1,4 a 1,5 m |
Más de 1,3 a 1,4 m |
Más de 1,2 a 1,3 m |
Más de 1,1 a 1,2 m |
Más de 1 a 1,1 m |
3 |
Más de 1,7 a 1,8 m |
Más de 1,5 a 1,6 m |
Más de 1,4 a 1,5 m |
Más de 1,3 a 1,4 m |
Más de 1,2 a 1,3 m |
Más de 1,1 a 1,2 m |
4 |
Más de 1,8 a 1,9 m |
Más de 1,6 a 1,7 m |
Más de 1,5 a 1,6 m |
Más de 1,4 a 1,5 m |
Más de 1,3 a 1,4 m |
Más de 1,2 a 1,3 m |
5 |
Más de 1,9 a 2 m |
Más de 1,7 a 1,8 m |
Más de 1,6 a 1,7 m |
Más de 1,5 a 1,6 m |
Más de 1,4 a 1,5 m |
Más de 1,3 a 1,4 m |
6 |
Más de 2 a 2,3 m |
Más de 1,8 m a 2,1 m |
Más de 1,7 a 2 m |
Más de 1,6 a 1,9 m |
Más de 1,5 a 1,8 m |
Más de 1,4 a 1,7 m |
7 |
Más de 2,3 a 2,7 m |
Más de 2,1 a 2,5 m |
Más de 2 a 2,4 m |
Más de 1,9 a 2,3 m |
Más de 1,8 a 2,2 m |
Más de 1,7 a 2,1 m |
8 |
Más de 2,7 a 2,8 m |
Más de 2,5 a 2,6 m |
Más de 2,4 a 2,5 m |
Más de 2,3 a 2,4 m |
Más de 2,2 a 2,3 m |
Más de 2,1 a 2,2 m |
9 |
Más de 2,8 a 3,2 m |
Más de 2,6 a 3 m |
Más de 2,5 a 2,9 m |
Más de 2,4 a 2,8 m |
Más de 2,3 a 2,7 m |
Más de 2,2 a 2,6 m |
10 |
Más de 3,2 m |
Más de 3 m |
Más de 2,9 m |
Más de 2,8 m |
Más de 2,7 m |
Más de 2,6 m |
Salto de longitud con los pies juntos
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Más de 55 años |
0 |
Menos de 1,00 m |
Menos de 0,90 m |
Menos de 0´80 m |
Menos de 0,75 m |
Menos de 0,70 m |
Menos de 0,60 m |
1 |
Más de 1,00 hasta 1,15 m |
Más de 0,90 hasta 1,00 m |
Más de 0,80 hasta 0,90 m |
Más de 0,75 hasta 0,85 m |
Más de 0,70 hasta 0,80 m |
Más de 0,60 hasta 0,70 m |
2 |
Más de 1,15 hasta 1,25 m |
Más de 1,00 hasta 1,10 m |
Más de 0,90 hasta 1,00 m |
Más de 0,85 hasta 0,95 m |
Más de 0,80 hasta 0,90 m |
Más de 0,70 hasta 0,75 m |
3 |
Más de 1,25 hasta 1,40 m |
Más de 1,10 hasta 1,20 m |
Más de 1,00 hasta 1,10 m |
Más de 0,95 hasta 1,00 m |
Más de 0,90 hasta 0,95 m |
Más de 0,75 hasta 0,80 m |
4 |
Más de 1,40 hasta 1,55 m |
Más de 1,20 hasta 1,30 m |
Más de 1,10 hasta 1,20 m |
Más de 1,00 hasta 1,10 m |
Más de 0,95 hasta 1,00 m |
Más de 0,80 hasta 0,90 m |
5 |
Más de 1,55 hasta 1,70 m |
Más de 1,30 hasta 1,50 m |
Más de 1,20 hasta 1,40 m |
Más de 1,10 hasta 1,25 m |
Más de 1,00 hasta 1,15 m |
Más de 0,90 hasta 1,05 m |
6 |
Más de 1,70 hasta 1,90 m |
Más de 1,50 hasta 1,70 m |
Más de 1,40 hasta 1,65 m |
Más de 1,25 hasta 1,45 m |
Más de 1,15 hasta 1,35 m |
Más de 1,05 hasta 1,25 m |
7 |
Más de 1,90 hasta 2,10 m |
Más de 1,70 hasta 1,95 m |
Más de 1,65 hasta 1,90 m |
Más de 1,45 hasta 1,70 m |
Más de 1,35 hasta 1,60 m |
Más de 1,25 hasta 1,45 m |
8 |
Más de 2,10 hasta 2,35 m |
Más de 1,95 hasta 2,25 m |
Más de 1,90 hasta 2,15 m |
Más de 1,70 hasta 2,05 m |
Más de 1,60 hasta 1,95 m |
Más de 1,45 hasta 1,75 m |
9 |
Más de 2,35 m hasta 2,6 m |
Más de 2,25 hasta 2,5 m |
Más de 2,15 hasta 2,4 m |
Más de 2,05 hasta 2,3 m |
Más de 1,95 hasta 2,2 m |
Más de 1,75 hasta 2,00 m |
10 |
Más de 2,6 m |
Más de 2,5 m |
Más de 2,4 m |
Más de 2,3 m |
Más de 2,2 m |
Más de 2,00 m |
Lanzamiento de balón medicinal (4 kg)
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (hombres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Más de 55 años |
0 |
Menos de 3 m |
Menos de 2 m |
Menos de 1,5 m |
Menos de 1,35 m |
Menos de 1 m |
Menos de 1 m |
1 |
De 3 m a 3,5 m |
De 2 a 2,5 m |
De 1,5 a 2 m |
De 1,35 m a 1,85 m |
De 1 a 1,25 m |
De 1 a 1,25 m |
2 |
Más de 3,5 a 4 m |
Más de 2,5 a 3 m |
Más de 2 a 2,5 m |
Más de 1,85 a 2,35 m |
Más de 1,25 a 1,75 m |
Más de 1,25 a 1,5 m |
3 |
Más de 4 a 4,5 m |
Más de 3 a 3,5 m |
Más de 2,5 a 3 m |
Más de 2,35 a 2,85 m |
Más de 1,75 a 2,25 m |
Más de 1,5 a 2 m |
4 |
Más de 4,5 a 5 m |
Más de 3,5 a 4 m |
Más de 3 a 3,5 m |
Más de 2,85 a 3,35 m |
Más de 2,25 a 2,75 m |
Más de 2 a 2,5 m |
5 |
Más de 5 a 5,5 m |
Más de 4 a 4,5 m |
Más de 3,5 a 4 m |
Más de 3,35 a 3,85 m |
Más de 2,75 a 3,25 m |
Más de 2,5 a 3 m |
6 |
Más de 5,5 a 6 m |
Más de 4,5 m a 5 m |
Más de 4 a 4,5 m |
Más de 3,85 a 4,35 m |
Más de 3,25 a 3,75 m |
Más de 3 a 3,5 m |
7 |
Más de 6 a 7 m |
Más de 5 a 6 m |
Más de 4,5 m a 5,5 m |
Más de 4,35 a 5,35 m |
Más de 3,75 a 4,75 m |
Más de 3,5 a 4,5 m |
8 |
Más de 7 a 8 m |
Más de 6 a 7 m |
Más de 5,5 a 6,5 m |
Más de 5,35 a 6,35 m |
Más de 4,75 a 5,75 m |
Más de 4,5 a 5,5 m |
9 |
Más de 8 a 9,5 m |
Más de 7 a 8,5 m |
Más de 6,5 a 8 m |
Más de 6,35 a 7,5 m |
Más de 5,75 a 7 m |
Más de 5,5 a 7 m |
10 |
Más de 9,5 m |
Más de 8,5 m |
Más de 8 m |
Más de 7,5 m |
Más de 7 m |
Más de 7 m |
Lanzamiento de balón medicinal (3 kg)
Cuadro de marcas en metros (m) y su puntuación (mujeres) |
||||||
Puntos |
Hasta 31 años |
32-36 años |
37-41 años |
42-47 años |
48-54 años |
Más de 55 años |
0 |
Menos de 2,00 m |
Menos de 1,70 m |
Menos de 1,50 m |
Menos de 1,35 |
Menos de 1,00 m |
Menos de 1,00 m |
1 |
Más de 2,00 hasta 2,60 m |
Más de 1,70 hasta 2,20 m |
Más de 1,50 hasta 2,00 m |
Más de 1,35 hasta 1,80 m |
Más de 1,00 hasta 1,60 m |
Más de 1,00 hasta 1,50 m |
2 |
Más de 2,60 hasta 3,00 m |
Más de 2,20 hasta 2,60 m |
Más 2,00 hasta 2,35 m |
Más de 1,80 hasta 2,25 m |
Más de 1,60 hasta 1,85 m |
Más de 1,50 hasta 1,70 m |
3 |
Más de 3,00 hasta 3,35 m |
Más de 2,60 a 3,00 m |
Más de 2,35 hasta 2,65 m |
Más de 2,25 hasta 2,50 m |
Más de 1,85 hasta 2,10 m |
Más de 1,70 hasta 2,00 m |
4 |
Más de 3,35 hasta 3,75 m |
Más de 3,00 hasta 3,25 m |
Más de 2,65 hasta 3,00 m |
Más de 2,50 hasta 2,75 m |
Más de 2,10 hasta 2,50 m |
Más de 2,00 hasta 2,30 m |
5 |
Más de 3,75 a 4,25 m |
Más de 3,25 a 3,75 m |
Más de 3,00 hasta 3,50 m |
Más de 2,75 hasta 3,20 m |
Más de 2,50 hasta 3,00 m |
Más de 2,30 a 2,75 m |
6 |
Más de 4,25 a 5,00 m |
Más de 3,75 a 5,00 m |
Más de 3,50 hasta 4,50 m |
Más de 3,20 hasta 4,00 m |
Más de 3,00 hasta 3,75 m |
Más de 2,75 hasta 3,50 m |
7 |
Más de 5,00 a 6,00 m |
Más de 5,00 a 6,00 m |
Más de 4,50 m hasta 5,50 m |
Más de 4,00 hasta 5,30 m |
Más de 3,75 hasta 5,00 m |
Más de 3,50 hasta 4,75 m |
8 |
Más de 6,00 a 7,00 m |
Más de 6,00 hasta 7,00 m |
Más de 5,50 hasta 6,50 m |
Más de 5,30 hasta 6,30 m |
Más de 5,00 hasta 6,00 m |
Más de 4,75 hasta 6,00 m |
9 |
Más de 7,00 hasta 8,5 m |
Más de 7,00 hasta 8,3 m |
Más de 6,50 hasta 8,1 m |
Más de 6,30 hasta 7,5 m |
Más de 6,00 hasta 7,00 m |
Más de 6,00 hasta 7,00 m |
10 |
Más de 8,5 m |
Más de 8,3 m |
Más de 8,1 m |
Más de 7,5 m |
Más de 7,00 m |
Más de 7,00 m |
Anexo II
CONVOCATORIA PARA EL INGRESO EN LA CATEGORÍA DE OFICIAL DEL CUERPO DE POLICÍA LOCAL DE EL CASAR
TERCERA PRUEBA.- PRUEBA PRÁCTICA
Programa
PARTE GENERAL
TEMA 1.- La Constitución Española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión. La reforma de la Constitución.
TEMA 2.- Las Cortes Generales: Las Cámaras, composición, funcionamiento y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. La Corona.
TEMA 3.- El Poder Judicial. Principios Constitucionales. Organización del sistema judicial español. El Tribunal Constitucional. El Tribunal de Cuentas. El Defensor del Pueblo.
TEMA 4.- El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Presidente del Gobierno. Los Vicepresidentes. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas del Gobierno. El Consejo de Estado.
TEMA 5.- La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Los Estatutos de Autonomía. Competencias de las Comunidades Autónomas. La financiación de las Comunidades Autónomas.
TEMA 6.- La Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Su Estatuto de Autonomía. De las Instituciones de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: Las Cortes de Castilla-La Mancha, el Presidente de la Junta y el Consejo de Gobierno.
TEMA 7.- Competencias de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. El Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha.
TEMA 8.- La igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
TEMA 9.- El Derecho administrativo general. La Administración pública. Concepto. Fuentes del derecho administrativo: enumeración y clasificación. La jerarquía normativa. Los Reglamentos.
TEMA 10.- El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Motivación y notificación. Eficacia y validez de los actos administrativos. El funcionamiento electrónico del sector público.
TEMA 11.- El procedimiento administrativo: Concepto y principios generales. Fases del procedimiento administrativo. Peculiaridades del procedimiento administrativo local. Los recursos administrativos. El recurso contencioso-administrativo contra los actos y disposiciones de las entidades locales.
TEMA 12.- La potestad sancionadora de la Administración. Principios de la potestad sancionadora. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones públicas. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones públicas.
TEMA 13.- La actividad de la Policía local como Policía administrativa I: Actividad en materia de venta ambulante y consumo, animales domésticos y potencialmente peligrosos, urbanismo y medio ambiente. Venta de bebidas alcohólicas a menores.
TEMA 14.- La actividad de la Policía local como Policía administrativa II: Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos en Castilla-La Mancha: Ámbito de aplicación y prohibiciones. Competencias municipales en la materia. Declaraciones responsables, autorizaciones, comunicaciones previas y licencias.
TEMA 15.- La actividad de la Policía local como Policía administrativa III: Condiciones y requisitos de organización y celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas en Castilla-La Mancha. Seguros. Derechos y obligaciones de espectadores y asistentes. Horario, publicidad y venta de entradas. Vigilancia, inspección y régimen sancionador.
TEMA 16.- La Administración local: Conceptos, principios constitucionales, regulación jurídica y entidades que comprende. El municipio. El padrón municipal. Las mancomunidades.
TEMA 17.- Los Órganos de Gobierno Municipal: El Alcalde, el Pleno, la Junta de Gobierno Local y otros Órganos. Competencias municipales.
TEMA 18.- Ordenanzas, reglamentos y bandos. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación de cada uno de ellos. Información y participación ciudadana en el ámbito local.
TEMA 19.- La Función Pública Local y su organización. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Situaciones administrativas. Derechos, deberes e incompatibilidades de los funcionarios; especial referencia a los funcionarios de los Cuerpos de Policía local. Régimen disciplinario de los Cuerpos de Policía local. Sistema de responsabilidades, penal, civil y administrativa.
TEMA 20.- Introducción a la prevención de riesgos laborales. Marco normativo básico de prevención de riesgos laborales: La Ley de prevención de riesgos laborales. Prevención de riesgos laborales en seguridad vial.
TEMA 21.- Ordenanzas municipales de: Ordenanza reguladora del uso de fertilizantes orgánicos en agricultura.- Ordenanza Reguladora de la tenencia y protección de animales de compañía.- Ordenanza reguladora de la práctica del botellón en espacios públicos.- Ordenanza de convivencia ciudadana.- Ordenanza reguladora de la venta ambulante
PARTE ESPECIAL
TEMA 22.- La regulación de las Policías locales en la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. El modelo Policial español. Funciones y competencias de la Policía Nacional, Guardia Civil, Policía Judicial, Policías autonómicas y Policías locales. Colaboración y coordinación entre las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y los Cuerpos de Policía de las Comunidades Autónomas. Las Juntas Locales de Seguridad.
TEMA 23.- La Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha.
TEMA 24.- Normativa de desarrollo de la Ley de Coordinación de Policías Locales de Castilla-La Mancha. Reglamentos y Órdenes de aplicación en la materia.
TEMA 25.- La Policía local como Policía Judicial: La comprobación del delito y averiguación del delincuente. Funciones de la Policía local como Policía Judicial.
TEMA 26.- El atestado policial. Concepto, estructura y características. La regulación del atestado policial en la legislación vigente.
TEMA 27.- Delitos. Concepto. Circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Personas responsables. Grados de ejecución.
TEMA 28.- Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico.
TEMA 29.- Delitos contra la libertad: Las detenciones ilegales y los secuestros. Las amenazas. Las coacciones.
TEMA 30.- Delitos contra la libertad e indemnidad sexuales: De las agresiones sexuales. De los abusos sexuales. De los abusos y agresiones sexuales a menores de dieciséis años. Del acoso sexual. De los delitos de exhibicionismo y provocación sexual. De los delitos relativos a la prostitución y a la explotación sexual y corrupción de menores.
TEMA 31.- Tratamiento jurídico de la violencia de género y doméstica. Las medidas de protección integral contra la violencia de género. Derechos de las mujeres, víctimas de violencia de género.
TEMA 32.- Delitos contra el orden público: De los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia. De los desórdenes públicos.
TEMA 33.- Delitos de incendios. Delitos contra la salud pública. De los delitos contra los derechos de los trabajadores. Delitos contra los derechos de los ciudadanos extranjeros
TEMA 34.- Delitos contra la Administración Pública. Delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo. La protección del patrimonio histórico y el medio ambiente.
TEMA 35.- Delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio: Del descubrimiento y revelación de secretos. Del allanamiento de morada, domicilio de personas jurídicas y establecimientos abiertos al público.
TEMA 36.- La detención: Concepto. Supuestos especiales de detención. Derechos del detenido. El procedimiento de Hábeas Corpus.
TEMA 37.- La responsabilidad penal de las personas jurídicas. Supuestos de exención. Circunstancias atenuantes. Delitos y penas aplicables.
TEMA 38.- Tipos de procedimientos penales. Especial referencia al enjuiciamiento rápido de determinados delitos (los juicios rápidos).
TEMA 39.- Delitos contra la seguridad vial: Su regulación en el Código Penal. Principio non bis in idem.
TEMA 40.- Normativa sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Objeto y ámbito de aplicación. Administraciones Públicas competentes en materia de tráfico y seguridad vial: Especial consideración de las competencias municipales. El Consejo Superior de Tráfico, Seguridad Vial y Movilidad Sostenible.
TEMA 41.- Normas de comportamiento de la circulación. Normas generales de los conductores. De la circulación de vehículos: Lugar de la vía, velocidad, prioridad de paso, cambios de dirección y marcha atrás. Adelantamiento, parada y estacionamiento, cruces de pasos a nivel y puentes levadizos; utilización de alumbrado, advertencia de la conducta.
TEMA 42.-. Otras normas de circulación: Utilización de casco, cinturón y restantes elementos de seguridad. Peatones. Circulación de animales. Comportamiento en casos de emergencia. De la señalización. Normas generales. Orden de preeminencia. Formato de las señales. Tipos y significado de las señales de circulación y marcas viales.
TEMA 43.- El procedimiento sancionador en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Infracciones y sanciones administrativas. Personas responsables. Clases de procedimientos y recursos. El Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. Medidas provisionales y otras medidas. Ejecución de las sanciones. Prescripción y caducidad.
TEMA 44.- La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes u otras sustancias análogas: investigación y práctica de pruebas de detección de dichas bebidas o sustancias. Regulación administrativa de los etilómetros.
TEMA 45.- Los accidentes de tráfico: Concepto y consideraciones previas. Sus causas, clases y fases. Actuaciones de la Policía local en accidentes de tráfico.
TEMA 46.- El Reglamento General de Conductores.
TEMA 47.- El Reglamento General de Vehículos.
TEMA 48.- El transporte. Clases de transporte. Servicio público de viajeros y servicio público de mercancías o mixto. El servicio privado. Transporte escolar y de menores. Transporte de mercancías peligrosas.
TEMA 49.- La Ley sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
TEMA 50.- Los grupos sociales. Formación de los grupos sociales. Inmigración. Las masas y su tipología. La delincuencia. Modelos explicativos y factores.
TEMA 51.- Deontología policial. Principios básicos de actuación. Normas que lo establecen. Declaración Universal de Derechos Humanos. El Convenio Europeo para la Protección de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura del Defensor del Pueblo.
TEMA 52.- Procesadores de textos. Microsoft word. Principales funciones. Hojas de cálculo. Microsoft excel. Fórmulas y funciones. Bases de datos. Microsoft access. Tablas, consultas, formularios e informes.
TEMA 53.- Internet: Conceptos elementales. Navegación, favoritos, historial y búsqueda. Correo electrónico: conceptos elementales. Creación y administración de mensajes. Libreta de direcciones. Las redes sociales.
TEMA 54.- El Mando I. Concepto, funciones y responsabilidad. La Orden.
TEMA 55.- El Mando II. Planificación. Organización, distribución, ejecución y control del trabajo policial.
TEMA 56.- Estilos de mando. Metodología de mando. La eficacia del mando.
TEMA 57.- Relación mando-subordinado. Las necesidades del individuo.