DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. ÁREA DE RECURSOS HUMANOS
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Por medio del presente anuncio se hace pública la convocatoria y bases reguladoras para la provisión, por el sistema de libre designación, de los puestos de Coordinador/a Jefe/a de Servicios, Empleo Público y Régimen Interior (movilidad interadministrativa), Jefe/a de Servicio Informática y Nuevas Tecnologías (movilidad interadministrativa) y Jefe/a de Servicio de Recursos Humanos, aprobadas por la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, en sesión extraordinaria celebrada el día 28 de agosto de 2024.
BASES REGULADORAS PARA LA PROVISIÓN, POR EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN, DE PUESTOS DE TRABAJO VACANTES DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA
PRIMERA:
Podrán tomar parte en la convocatoria los funcionarios y funcionarias de carrera de la Diputación Provincial de Guadalajara y, excepcionalmente, otros funcionarios de carrera (en el caso de puestos abiertos a movilidad interadministrativa), cualquiera que sea su situación administrativa y puedan, en su caso, reingresar, siempre que reúnan los requisitos establecidos para los puestos de trabajo que figuran en el Anexo I y pertenezcan al grupo/subgrupo y especialidad al que estén asignados los mismos.
Los requisitos establecidos en la convocatoria deberán cumplirse el último día de presentación de las solicitudes.
SEGUNDA:
Quienes deseen tomar parte en la convocatoria deberán presentar solicitud, conforme al Anexo II, preferentemente de forma telemática y con firma electrónica a través de la sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara, o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigida a la Presidencia de la Corporación Provincial, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
TERCERA:
A la solicitud, que deberá contener todos y cada uno de los datos exigidos, se adjuntará el currículum de la persona funcionaria aspirante en el que constarán, entre otros, los años de servicio y puestos desempeñados en la Administración Pública, los títulos académicos, estudios y cursos realizados y cuantas circunstancias y méritos se estime oportuno poner de manifiesto.
Las circunstancias que se hagan constar en el currículum se probarán, inicialmente, acompañando copia de la documentación acreditativa de los mismas.
CUARTA:
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, en el plazo de un mes (si bien podrá prorrogarse hasta un mes más), la Presidencia de la Diputación Provincial de Guadalajara, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, procederá a dictar la resolución motivada de la convocatoria y el nombramiento del candidato que se considere más idóneo para cada puesto, conforme a las previsiones del artículo 56.2 Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado, indicando, asimismo, cuáles son las cualidades o condiciones personales y profesionales que han sido consideradas en el funcionario propuesto, para apreciar que aquellos criterios concurren en él en mayor medida que en el resto de los solicitantes, o bien en el sentido de declarar desierta su provisión.
Con carácter previo al nombramiento, el/la Diputado/a-Delegado/a de Empleo Público y Régimen Interno, que actuará como Instructor, auxiliándose al respecto de los asesores cualificados que considere conveniente, emitirá informe sobre las competencias, actitudes y circunstancias de los candidatos, celebrándose al respecto la oportuna entrevista.
La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Guadalajara.
QUINTA:
Quien, como consecuencia de la resolución de la convocatoria, reingrese al servicio activo presentará, además, los siguientes documentos:
- Declaración jurada de no hallarse inhabilitado por sentencia firme para el desempeño del servicio público, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier Administración Pública.
- Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
- Quien proceda de la situación de suspensión impuesta como consecuencia de sentencia firme condenatoria presentará, además, testimonio de la autoridad judicial sobre el cumplimiento de la pena impuesta.
SEXTA:
El destino adjudicado será irrenunciable.
SÉPTIMA:
El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si radica en la misma localidad, o de un mes, si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, así como el cambio de la situación administrativa que en cada caso corresponda. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo del plazo para el cese se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos al interesado. Todo funcionario o funcionaria que haya cursado solicitud para la convocatoria estará obligado a dar traslado por escrito de dichos permisos o licencias a la Presidencia de la Diputación Provincial de Guadalajara. En este caso, el órgano convocante puede acordar la suspensión del disfrute de estos.
El/la Diputado/a-Delegado/a del área donde preste servicios el funcionario podrá, no obstante, acordar la prórroga de su cese por necesidades del servicio de hasta veinte días hábiles, debiendo comunicar ésta al Servicio de Recursos Humanos.
OCTAVA:
Los funcionarios adscritos a un puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación podrán ser removidos del mismo con carácter discrecional.
NOVENA:
Las bases tienen en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres; y la Ley 12/2010, de 18 de noviembre, de Igualdad entre Mujeres y Hombres de Castilla-La Mancha.
Con objeto de evitar que la utilización de modos de expresión no sexista ocasione alguna dificultad perturbadora añadida para la lectura y comprensión del presente texto, se hace constar expresamente que cualquier término genérico referente a personas, como opositor, aspirante, funcionario, etc. debe entenderse en sentido comprensivo de ambos sexos.
DÉCIMA:
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Guadalajara, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
Con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición previo ante la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
PUESTOS QUE SE CONVOCAN
ÁREA FUNCIONAL |
CÓDIGO PUESTO |
DENOMINACIÓN PUESTO y ZONA O LOCALIDAD, EN SU CASO |
PUESTOS CONVOCADOS |
GABINETE DE PRESIDENCIA Y VICEPRESIDENCIAS |
490 |
Coordinador/a Jefe/a de Servicios, Empleo Público y Régimen Interior (movilidad interadministrativa) |
1 |
INFORMÁTICA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS |
533 |
Jefe/a de Servicio Informática y Nuevas Tecnologías (movilidad interadministrativa) |
1 |
RECURSOS HUMANOS |
160 |
Jefe/a de Servicio Recursos Humanos |
1 |
Área funcional: GABINETE DE PRESIDENCIA Y VICEPRESIDENCIAS |
|||||||||||||||||
Subárea Funcional: Presidencia |
|||||||||||||||||
COD. |
PUESTO |
RESPONSAB. GENERALES |
NÚM. TIT. |
PROVISIÓN |
SING. |
ESCALA |
SUBESC. |
CLASE |
REL. LAB. |
DEDICACIÓN |
JORNADA |
HORARIO |
ESPEC. |
CONOC. ESPECÍF. |
GRUPO |
NIVEL |
PUNTOS COMPLEM. ESPECÍF. |
490 |
Coordinador/a Jefe/a de Servicios, Empleo Público y Régimen Interior (movilidad interadministrativa) |
Coordinación del Gabinete de Presidencia en el ámbito funcionarial, Área de Recursos Humanos, Banda Música, Servicio de Cultura, Escuela Folclore, Complejo P. Felipe, Servicio de Bienestar Social, S. Informática. S. de Desarrollo Rural |
1 |
Libre Designación |
Sing. |
Admón. General/ Admón. Especial |
Técnica |
- |
F |
Exclusiva |
Flexible |
08:00 a 15:30 Flexible |
- |
Dirección Pública, Habilidades y Técnicas y Directivas, Planificación y Gestión de Recursos Humanos, Función Pública, Organización Local, Presupuestos, Procedimientos Administrativos, y Administración Electrónica |
A1/A2 |
26 |
3100 |
Área funcional: INFORMÁTICA Y NUEVAS TECNOLOGÍAS |
|||||||||||||||||
Subárea Funcional: Informática Departamental |
|||||||||||||||||
COD. |
PUESTO |
RESPONSAB. GENERALES |
NÚM. TIT. |
PROVISIÓN |
SING. |
ESCALA |
SUBESC. |
CLASE |
REL. LAB. |
DEDICACIÓN |
JORNADA |
HORARIO |
ESPEC. |
CONOC. ESPECÍF. |
GRUPO |
NIVEL |
PUNTOS COMPLEM. ESPECÍF. |
533 |
Jefe/a de Servicio de Informática y Nuevas Tecnologías (movilidad interadministrativa) |
Planificar, dirigir y controlar los servicios de informática y comunicaciones. Promover la implantación de nuevas tecnologías informáticas y de comunicaciones tanto en la D.P.G. como en las Administraciones locales de la provincia de Guadalajara. |
1 |
Libre Designación |
Sing. |
Admón. Especial |
Técnica |
TS/ TGM |
F |
Preferente habitual |
Continua |
08:00 a 15:30 |
Licenciado/ Grado/ Diplomado en Informática/ Telecomunicaciones. |
Telemática. Ofimática. Internet |
A1/A2 |
26 |
1635 |
Área funcional: RECURSOS HUMANOS |
|||||||||||||||||
Subárea Funcional: Recursos Humanos |
|||||||||||||||||
COD. |
PUESTO |
RESPONSAB. GENERALES |
NÚM. TIT. |
PROVISIÓN |
SING. |
ESCALA |
SUBESC. |
CLASE |
REL. LAB. |
DEDICACIÓN |
JORNADA |
HORARIO |
ESPEC. |
CONOC. ESPECÍF. |
GRUPO |
NIVEL |
PUNTOS COMPLEM. ESPECÍF. |
160 |
Jefe/a de Servicio de Recursos Humanos |
Diseño y ejecución de una política de Recursos Humanos que alinee las políticas propias del departamento con la estrategia de la Diputación, lo que permitirá implantar la estrategia a través de las personas., todo ello al objeto de conseguir una mejor prestación de los servicios públicos de acuerdo con los objetivos de la Corporación. |
1 |
Libre Designación |
Sing. |
Admón. General/ Admón. Especial |
Técnica |
TS |
F |
Incompatibilidad parcial |
Continua |
08:00 a 15:30 |
Licenciatura |
Derecho Laboral. Función Pública. Seguridad Social. Negociación. Ofimática. |
A1 |
28 |
1835 |
Guadalajara, 5 de septiembre de 2024. El Presidente, José Luis Vega Pérez