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5274
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59,4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de incoación de expediente de baja de oficio por inscripción indebida de las personas que a continuación se relacionan, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Resolución de 1 de abril de 1997, de la Presidencia del I.N.E y del Director General de Cooperación Municipal por incumplimiento del requisito establecido en el artículo 54.1. del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
5277
El Pleno del Ayuntamiento de Alustante (Guadalajara), en sesión extraordinaria celebrada el día 19 de octubre de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por suministro de agua potable.
5278
Por Resolución de esta Alcaldía, de fecha 6 de noviembre de 2012, y según las competencias atribuidas por los artículos 21 de la Ley 7/1985, según nueva redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, y 46 del Reglamento aprobado por Real Decreto 2568/1986, se ha dispuesto:
5270
Creación de fichero de carácter personal correspondiente al Registro de Parejas de Hecho.
5286
REQUERIMIENTO BAJA DE CONTADOR
5284
Aprobado inicialmente por el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 29 de octubre de 2012, el expediente n.º 1/2012 de Modificación de Créditos, en la modalidad de Suplemento de Crédito. Dicho expediente se expone al público en la Secretaria de este Ayuntamiento por plazo de quince días, contados a partir de la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar las reclamaciones que estimen convenientes, de acuerdo con lo establecido en los artículos 169 y 177 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.
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