Ayuntamiento de Alovera
4382
Anuncio
ORDENANZA FISCAL POR LA PRESTACIÓN DEL Servicio DE AYUDA A DOMICILIO
El Ayuntamiento Pleno ha aprobado en sesión de 10 de noviembre de 2014, con carácter inicial, la modificación de la Ordenanza Fiscal por la Prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio. La modificación consiste en la introducción del punto 5 en el artículo 6, «Consideración de Renta», a fin de deducir los gastos de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual, el IBI y la tasa de basuras, con el límite del 75% del IPREM, así como los del Servicio de Estancias Diurnas o Centro de Día Discapacitados, con límite del 35% del IPREM.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 y concordantes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el expediente estará expuesto al público en la Secretaría del Ayuntamiento a fin de que los interesados, en el plazo de treinta días hábiles, puedan presentar las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas, con la indicación de que, transcurrido dicho plazo sin presentarse ninguna, quedará elevado a definitivo de forma automática sin necesidad de nuevo acuerdo.
Alovera a 12 de noviembre de 2014.– La Alcaldesa, María Purificación Tortuero Pliego.