Ayuntamiento de Villanueva de la Torre
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Visto art. 4 de la Ordenanza Fiscal Reguladora del Precio Público por realización de Actividades y Talleres Infantiles, Juveniles y de la Tercera Edad, publicada en BOP N. 73 de fecha 18 de junio de 2012, modificada y publicada en BOP N. 66 de 03 de junio de 2013, se hace pública la Tarifa a aplicar a las Actividades de Servicios Sociales 2014-2015.
Visto que, el pago habrá de realizarse mediante ingreso en las entidades autorizadas o bien por pago efectivo a los responsables del servicio, con carácter previo a la prestación de cada actividad o taller, debiendo presentar el justificante de pago a la persona designada por el Ayuntamiento como requisito previo a la formalización de la inscripción y en todo caso, con antelación a su participación en dichas actividades. Se exige en todos los casos el establecimiento de un número mínimo de usuarios establecido en contrato, para que pueda desarrollarse el Taller o Actividad.
Visto el coste del contrato, se le aplica el 10% por costes indirectos de conformidad con la Ordenanza Fiscal, de conformidad con las atribuciones establecidas por Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, por este MI DECRETO, HE RESUELTO:
PRIMERO.- Aprobar el importe de los precios públicos de actividades y talleres conforme a las siguientes tarifas:
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ACTIVIDADES SERVICIOS SOCIALES |
FECHA INICIO |
FECHA FIN |
N.º GRUPOS |
MÍN. ALUMNOS |
MÁX. ALUMNOS |
MEDIA ALUMNOS |
PRECIO SOCIOS |
PRECIO NO SOCIOS |
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GIMNASIA ADAPTADA* |
07/10/2014 |
31/05/2015 |
1 |
10 |
12 |
11 |
12,00 € |
24,00 € |
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GIMNASIA DE MAYORES* |
01/10/2014 |
30/06/2015 |
1 |
25 |
35 |
30 |
5,00 € |
10,00 € |
* Se podrán revisar los precios para intentar no cerrar grupo por debajo del número mínimo de alumnos.
SEGUNDO.- Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento
«Contra este acuerdo, que es definitivo en la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Guadalajara, conforme a lo dispuesto en el art. 109.c de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Asimismo, podrá interponer ante el Pleno recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del mismo. Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que considere oportuno.»
Villanueva de la Torre a 14 de octubre de 2014.– La Alcaldesa, Marta Valdenebro Rodríguez.





