Ayuntamiento de Fontanar
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Aprobado provisionalmente por el pleno de la Corporación el expediente de modificación de la ordenanza de tributos propios que a continuación se indica, queda expuesto al público en el Tablón de anuncios del ayuntamiento durante los 30 días siguientes al de publicación de este anuncio en el BOP de Guadalajara, a fin de que los interesados puedan examinarlos y presentar la reclamaciones que estimen oportunas, haciéndose constar que en caso de no presentarse ninguna, se entenderán definitivamente adoptados los acuerdos hasta entonces provisionales, sin necesidad de nuevo acuerdo plenario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del RDL 2/2004, de 5 de marzo:
- Modificación de la ordenanza fiscal de la Tasa por la instalación de puestos, casetas de venta, espectáculos, atracciones o recreo, así como instalaciones dedicadas a la venta ambulante en terrenos de uso público local.
Fontanar, 14 de octubre de 2014.– La Alcaldesa, María Luisa Nuero Beato.





