DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE BIENESTAR SOCIAL Y EMPLEO
1959
De conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con la base decimotercera de la Convocatoria de Subvenciones a para el desarrollo, mantenimiento y realización de programas sociales en la provincia, año 2026, se procede a publicar el Acuerdo de resolución provisional de la referida convocatoria, según acuerdo en sesión ordinaria de 14 de julio de 2026 de la Junta de Gobierno de la Diputación Provincial de Guadalajara:
22. (Expediente 2211/2026). Toma de conocimiento de la Propuesta de Resolución Provisional del procedimiento de concesión de subvenciones para el desarrollo, mantenimiento y realización de programas sociales en la provincia de Guadalajara, año 2026.
El Sr. Presidente da cuenta de que, vista el Acta del Órgano Colegiado del presente procedimiento de concesión de subvenciones, emitido en fecha 9 de julio de 2026 , tal y como consta en el Acta de la reunión correspondiente, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18.4 de la Ordenanza General de subvenciones, aprobada inicialmente en el Pleno de fecha 16 de julio de 2021, publicada, de forma definitiva, en el BOP nº 172 de fecha 7 de septiembre y actualizada mediante publicación en BOP Nº 71 de fecha 11 de abril de 2025.
La Junta de Gobierno por cinco votos a favor, ninguno en contra y ninguna abstención, acuerda:
Primero. –Conceder la subvención solicitada, en base a los usuarios válidos, a las siguientes entidades para la ejecución de los proyectos en los términos incluidos en la memoria-Anexo II de cada uno de ellos. La ayuda estará condicionada a la justificación final de la misma conforme a lo previsto en el procedimiento de referencia:
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EXPTE |
SOLICITANTE |
NIF |
PROYECTO |
POBLACIÓN DESTINATARIA |
COSTE TOTAL |
IMPORTE SOLICITADO |
PUNTOS |
AYUDA CONCEDIDA |
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3358/2026 |
Asociación cultural y deportiva La Charquilla |
G19310580 |
Movimiento, autonomía y bienestar integral en el ámbito rural |
Usuarios de Fuencemillán, Cogolludo, Espinosa de Henares, Humanes de Mohernando, Montarrón, Jadraque y pueblos colindantes de la provincia con menos de 20.000 habitantes |
20.757,00 € |
4.000,00 € |
86,61 |
4.000,00 € |
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3360/2026 |
Asociación de familiares y amigos de enfermos de alzheimer y otras demencias (AFAEAD) |
G19239813 |
Programa de Atención Integral y Rehabilitación Funcional |
Usuarios de municipios de la comarca del Señorío de Molina de Aragón y Alto Tajo |
9.165,00 € |
4.000,00 € |
76,29 |
4.000,00 € |
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3136/2026 |
Asociación atención personas dependientes San Benito Abad |
G19271451 |
TE CUIDAMOS: Programa por la mejora de la calidad de vida de las Personas Mayores en el Medio Rural |
Arbancón |
6.500,00 € |
4.000,00 € |
76,24 |
4.000,00 € |
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3266/2026 |
Asociación padres y amigos niños deficientes auditivos Guadalajara (APANDAGU) |
G19250778 |
Proyecto de prevención, sensibilización e inclusión sobre la discapacidad auditiva en la provincia de Guadalajara |
Usuarios de Molina de Aragón, Mondéjar, Sigüenza, Quer, Fontanar, Yunquera de Henares, Chiloeches, Marchamalo, Alovera, Valdeaveruelo, Millana, Salmerón, Sacedón, Auñón, Cifuentes y Viñuelas |
11.817,15 € |
3.893,18 € ** |
74,12 |
3.893,18 € |
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2663/2026 |
Asociación de discapacitados físicos de Guadalajara (ADISFIGU) |
G19283837 |
Programa de Información y Apoyo Administrativo para Personas con Discapacidad en Municipios Rurales de Guadalajara |
Usuarios en Peralejos de las Truchas, Hita, Torre del Burgo, Yunquera de Henares, Bustares, Budia y Yebes y se pretende ampliar a otros municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Guadalajara |
4.200,00 € |
2.500,00 € |
73,24 |
2.500,00 € |
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3366/2026 |
Asociación de padres de niños autistas de Guadalajara (APANAG) |
G19213248 |
Atención a personas con TEA y sus familias 2026 |
Usuarios de Cabanillas del Campo, Yebes , Alovera, Marchamalo, Sigüenza, Torija, Yunquera de Henares, Cifuentes, Fontanar, Espinosa de Henares, Chiloeches, Trijueque, Galápagos, Torrejón del Rey, Sacedón, El Casar, Horche, Albalate de Zorita, Torre del Burgo, Hita, Loranca de Tajuña, Brihuega, Tortola de Henares y Carrascosa de Henares |
46.620,10 € |
3.868,65 € ** |
61,51 |
3.868,65 € |
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3083/2026 |
Asociación alcarreña de riñón y discapacidad (ASARYD) |
G19028737 |
Campañas de información y sensibilización sobre la donación de órganos para trasplantes, ayuda a personas con discapacidad y enfermedades crónicas, cursos de formación: informática y apicultura |
Olmeda de Cobeta |
2.700,00 € |
1.800,00 € |
58,50 |
1.800,00 € |
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3243/2026 |
Asociación de daño cerebral sobrevenido de Castilla la Mancha (ADACE CLM) |
G45525201 |
Apoyo y orientación social y emocional a familias y a personas con DCS de Guadalajara. |
Usuarios de Alovera; Arbancón; Brihuega; Cabanillas del campo; Chiloeches; Cogolludo; El Casar; Galápagos; Hiendelaencina; Humanes de Mohernando; Lupiana; Marchamalo; Molina de Aragón; Mondejar; Orea; Quer; Sacedón; Sigüenza;Torija; Torrejón del Rey y Villanueva de la Torre |
5.100,00 € |
4.000,00 € |
57,69 |
4.000,00 € |
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3237/2026 |
Asociación ALCER Guadalajara |
G19023605 |
Proyecto de atención nutricional al p aciente renal |
Usuarios de municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Guadalajara |
5.000,00 € |
4.000,00 € |
48,00 |
4.000,00 € |
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3267/2026 |
Asociación INCLUXIVA |
G13648522 |
Mente activa rural: Intervención socio-cognitiva en colectivos vulnerables |
Usuarios de Fuencemillan, Arbancón, Torre del Burgo y La Toba, con posibilidad de ampliar a otros municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Guadalajara |
4.444,00 € |
3.999,60 € |
46,99 |
3.999,60€ |
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3362/2026 |
Asociación Española Contra el Cáncer |
G28197564 |
Apoyo domiciliario para pacientes de cáncer residentes en municipios de Guadalajara |
Usuarios de municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Guadalajara |
6.376,40 € |
3.000,00 € |
72,03 |
3.000,00 € |
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SUMA |
39.061,43 € |
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** Conforme a la base cuarta de la convocatoria” Los programas objeto de subvención, tanto en el caso de que se vengan ejecutando con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria, como si son de nueva formulación, irán destinados a cubrir necesidades específicas de atención de personas residentes en municipios de la provincia con menos de 20.000 habitantes y que se encuentren en riesgo o situación de exclusión social u otras situaciones de vulnerabilidad”, por lo que en los supuestos marcados con ** se ha prorrateado la ayuda solicitada y concedida conforme al número de usuarios que cumplen con este requisito.
Segundo. - No es posible atender por falta de crédito, conforme a la priorización establecida en la convocatoria y según la puntuación obtenida las siguientes solicitudes de entidades que tienen asignada subvención nominativa en este ejercicio:
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EXPDTE |
NOMBRE ASOCIACIÓN /FUNDACIÓN |
NIF |
DENOMINACIÓN DEL PROYECTO |
POBLACIÓN DESTINATARIA |
COSTE TOTAL |
IMPORTE SOLICITADO |
PUNTUA-CIÓN TOTAL |
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3445/2026 |
Asociación Caminando |
G19299759 |
Conciliación familiar y OCIO Y TIEMPO LIBRE Adaptado |
Usuarios de Alovera, Cabanillas del Campo, El Casar, Marchamalo, Torrejón del Rey y Villanueva de la Torre |
28.272,00 |
4.000,00 € |
55,03 |
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2792/2026 |
Asociación Banco de alimentos de Guadalajara |
G19196724 |
Programa de cobertura de necesidades básicas de higiene personal y del hogar |
Usuarios de Almoguera, Alovera, Brihuega, Cabanillas del Campo, Chiloeches, Espinosa de Henares, Galápagos, Horche, Humanes, Illana, Jadraque, Mazuecos, Molina de Aragón, Mondéjar, Pozo de Guadalajara, Sigüenza, Trijueque, Valdeaveruelo, Uceda, Valdeluz, Viñuelas, Yebes y Yunquera de Henares, a las que se podrán unir familias de municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Guadalajara |
3.400,00 € |
3.000,00 € |
41,00 |
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3361/2026 |
Cáritas Diocesana Sigüenza Guadalajara |
R1900039G |
Impulso y consolidación del voluntariado en zonas rurales en la provincia de Guadalajara |
Molina de Aragón, Sigüenza, El Casar y Yunquera de Henares |
4.859,08 € |
4.000,00 € |
40,12 |
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2648/2026 |
Federación Provincial de jubilados, pensionistas y tercera edad alcarreña |
G19129840 |
Programa acompañamiento emocional a personas mayores en su domicilio |
Usuarios de Almonacid de Zorita; Anguita; Aranzueque; Auñón; Brihuega; Cabanillas del Campo; Cifuentes; Espinosa de Henares; Fuentelencina; Gárgoles de Abajo; Illana; Loranca de Tajuña; Peñalver; Sacedón; Solanillos del Extremo; Trijueque; Valdeaveruelo, a los que se podrán unir mayores de municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Guadalajara |
3.750,00 € |
3.250,00 € |
33,05 |
Tercero.- Inadmitir la solicitud de la Asociación Proyecto Incluirme, expediente 2450/2026, por no haber aportado, aunque se le ha requerido en la fase de subsanación, documentos preceptivos que permitan acreditar su condición de beneficiario de las ayudas, de conformidad con lo establecido en la base tercera de la convocatoria.
Cuarto.- Desestimar la solicitud presentada por el Ayuntamiento de Brihuega, expediente 3386/202, dado que no cumple la condición de beneficiario de las ayudas de la convocatoria de conformidad con lo establecido en la base tercera del procedimiento: solo podrán acogerse a éste las entidades sin ánimo de lucro que a fecha de publicación de éste estén legalmente constituidas, inscritas en el correspondiente Registro de Servicios Sociales de la Consejería de Bienestar Social de la JCCM, que desarrollen su actividad y tengan su domicilio social y/o delegación en la provincia de Guadalajara.
Quinto. – No estimar el proyecto presentado a la convocatoria por la Fundación Cruz Blanca, expediente 3388/2026, dado que tiene como período de ejecución entre el 1 de noviembre de 2026 y el 1 de mayo de 2027, lo que incumple lo establecido en las bases de la convocatoria que establecen como subvencionables solo aquellas actuaciones desarrolladas entre el 1 de enero y el 31 de octubre de 2026.
Sexto. – Dar traslado del acuerdo provisional a los beneficiarios mediante su publicación en el B.O.P. de Guadalajara, concediéndole un plazo de 10 días hábiles para que puedan presentar las alegaciones o documentos que consideren convenientes, conforme a lo dispuesto en la base decimotercera del procedimiento de concesión de subvenciones. Transcurrido el mismo, si no ha existido respuesta a lo aprobado, o las alegaciones presentadas no se consideran suficientes, se procederá a dictar resolución definitiva”.
Lo que se publica a los efectos oportunos y significando que contra el presente acuerdo no cabe la interposición de ningún recurso al tratarse de un acto de trámite y no encontrarse entre los supuestos previstos en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Todo ello sin perjuicio de que la oposición al mismo pueda alegarse por el interesado, para su consideración en la resolución que ponga fin al procedimiento.
En Guadalajara, a 21 de julio de 2026. El Presidente de la Diputación Provincial de Guadalajara, D. José Luis Vega Pérez





