DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE GUADALAJARA. SERVICIO DE INTERVENCIÓN
1874
En cumplimiento del artículo 169.1 por remisión del 177.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario de 19 de junio de 2026, adoptado por la Excma. Diputación Provincial de Guadalajara, sobre la aprobación del expediente de Modificación de Crédito al vigente Presupuesto General de 2026, núm. 20/2026, en la modalidad de Suplemento de Crédito y Crédito Extraordinario financiado con remanente de tesorería para gastos generales, que se hace público con el siguiente desglose:
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS QUE SUPLEMENTAR
Suplemento de crédito
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE (€) |
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334 48908 |
Convenio CITAR |
30.000,00 |
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IMPORTE TOTAL |
30.000,00 |
ALTAS EN APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE GASTOS
Crédito extraordinario
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE (€) |
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334 78000 |
Convenio Asociación Cultural Casino de la Amistad. Reforma del Casino |
286.494,76 |
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422 78901 |
Convenio CEOE CEPYME. Traslado sede social y centro de formación |
50.000,00 |
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IMPORTE TOTAL |
336.494,76 |
ALTAS EN APLICACIONES PRESUPUESTARIAS DE INGRESOS
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APLICACIÓN PRESUPUESTARIA |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
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87000 |
Remanente de Tesorería para Gastos Generales |
366.494,76 |
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IMPORTE TOTAL |
366.494,76 |
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Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por remisión del artículo 179.4, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.
Guadalajara, a 14 de julio de 2026. EL PRESIDENTE, José Luis Vega Pérez.





