MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS LA SIERRA
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SUMARIO: Rectificación de error material detectado en el resumen por capítulos de los Presupuestos Generales de la Mancomunidad de Municipios La Sierra para los ejercicios 2024 y 2025.
TEXTO:
Habiéndose detectado error material en la publicación de los resúmenes por capítulos de los Presupuestos de esta Mancomunidad, se procede a su rectificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que faculta a las Administraciones Públicas para rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.
El error consiste en la incorrecta clasificación económica de los ingresos correspondientes a las aportaciones de los municipios socios, los cuales fueron consignados en el Capítulo 1 (Impuestos Directos), capítulo del que carecen las Mancomunidades al no ostentar potestad tributaria para este tipo de figuras, debiendo reclasificarse en el Capítulo 4 (Transferencias Corrientes).
1. PRESUPUESTO 2024 (Rectificación del BOP n.º 120, de 25/06/2024)
Donde decía (Estado de Ingresos):
- Capítulo 1. Impuestos Directos: 26.833,00 €
- Capítulo 4. Transferencias Corrientes: 12.620,00 €
Debe decir (Estado de Ingresos):
- Capítulo 1. Impuestos Directos: 0,00 €
- Capítulo 4. Transferencias Corrientes: 39.453,00 € (Suma de la cuota de socios y financiación los sueldos del grupo A1).
2. PRESUPUESTO 2025 (Rectificación del BOP n.º 15, de 23/01/2025)
Donde decía (Estado de Ingresos):
- Capítulo 1. Impuestos Directos: 26.584,66 €
- Capítulo 4. Transferencias Corrientes: 13.229,97 €
Debe decir (Estado de Ingresos):
- Capítulo 1. Impuestos Directos: 0,00 €
- Capítulo 4. Transferencias Corrientes: 39.814,63 €
Esta rectificación no altera la cuantía total de los presupuestos aprobados ni el equilibrio de los mismos, limitándose a una corrección técnica de la estructura económica de ingresos para ajustarla al Plan General de Contabilidad Pública y a la Orden EHA/3565/2008.
Contra el presente acto de rectificación, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Alcoroches a 7 de mayo de 2026. El Presidente.: Rodrigo Calvo Pinilla





