AYUNTAMIENTO DE RENERA
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2026 al no haberse presentado alegaciones, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
RESUMEN DEL PRESUPUESTO A NIVEL DE CAPÍTULOS
PRESUPUESTO DE GASTOS
1. Gastos de personal: 113.960 euros
2. Gastos corrientes en bienes y servicios: 78.440 euros.
3. Gastos financieros: 0 euros.
4. Transferencias corrientes: 31.600 euros.
5. Fondo de contingencia: 0 euros.
6. Inversiones reales: 33.000 euros.
7. Transferencias de capital: 0 euros.
8. Activos financieros: 0 euros.
9. Pasivos financieros: 0 euros
TOTAL: 257.000,00 euros.
PRESUPUESTO DE INGRESOS
1. Impuestos directos: 100.464 euros
2. Impuestos indirectos: 6.000 euros.
3. Tasas, precios públicos y otros ingresos: 43.750 euros.
4. Transferencias corrientes: 69.336 euros.
5. Ingresos patrimoniales: 6.450 euros.
6. Enajenación de inversiones reales: 0 euros.
7. Transferencias de capital: 31.000 euros.
8. Activos financieros: 0 euros.
9. Pasivos financieros: 0 euros.
TOTAL: 257.000,00 euros.
PLANTILLA DE PERSONAL APROBADA JUNTO CON EL PRESUPUESTO PARA 2026
Funcionarios: secretario interventor, grupo A1. Nivel complemento de destino: 26. Agrupado.
Personal laboral: operario de servicios múltiples y auxiliar administrativo.
Contra la aprobación definitiva del presente Presupuesto General, las personas y entidades a las que se refieren los artículos 63.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 170.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y por los motivos enumerados en el número 2 del mencionado artículo 170, podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a tenor de lo dispuesto en el artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, en relación con el artículo 10.1.b) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
En Renera, a 23 de abril de 2026, el Alcalde - Presidente D. Luis Francisco Pérez García.





