AYUNTAMIENTO DE PEÑALVER
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Habiéndose aprobado definitivamente el expediente de aprobación del presupuesto general del ejercicio 2026 al no haberse presentado alegaciones, contra el acuerdo plenario adoptado en sesión de 19 de marzo de 2026 y publicado en el BOP número 58 de 25 de marzo de 2026, se publica el mismo para su general conocimiento a los efectos del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.
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ESTADO DE GASTOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
348100 € |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
277300 € |
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CAPÍTULO 1: Gastos de Personal |
80396 € |
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CAPÍTULO 2: Gastos Corrientes en Bienes y Servicios |
152341,60 € |
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CAPÍTULO 3: Gastos Financieros |
100 € |
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CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
44462,40 € |
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A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
70800 € |
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CAPÍTULO 6: Inversiones Reales |
0 € |
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CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
70800 € |
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B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0 € |
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CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0 € |
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CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0 € |
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TOTAL: |
348100 € |
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ESTADO DE INGRESOS |
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A) OPERACIONES NO FINANCIERAS |
348100 € |
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A.1. OPERACIONES CORRIENTES |
297100 € |
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CAPÍTULO 1: Impuestos Directos |
103400 € |
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CAPÍTULO 2: Impuestos Indirectos |
3200 € |
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CAPÍTULO 3: Tasas, Precios Públicos y otros Ingresos |
88500 € |
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CAPÍTULO 4: Transferencias Corrientes |
85200 € |
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CAPÍTULO 5: Ingresos Patrimoniales |
16800 € |
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A.2. OPERACIONES DE CAPITAL |
51000 € |
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CAPÍTULO 6: Enajenación de Inversiones Reales |
0,00 € |
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CAPÍTULO 7: Transferencias de Capital |
51000 € |
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B) OPERACIONES FINANCIERAS |
0,00 € |
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CAPÍTULO 8: Activos Financieros |
0,00 € |
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CAPÍTULO 9: Pasivos Financieros |
0,00 € |
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TOTAL: |
348100 € |
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CATEGORÍA-GRUPO |
PUESTOS DE TRABAJO |
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Funcionario |
Secretario Interventor |
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Funcionario |
Administrativo |
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Personal Laboral |
Alguacil |
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 171.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de instancia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla La Mancha con sede en Albacete, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Peñalver a 20 de abril de 2026. La Alcaldesa. Yolanda Escolar de la Fuente





