JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA - LA MANCHA. CONSEJERÍA DE DESARROLLO SOSTENIBLE
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Visto el expediente incoado en la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara y su informe, y el informe del Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas para el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de la siguiente instalación eléctrica:
- Referencia: 2401/00152-M3 (DP: 2023DIST047 N.º Ins. 19240100089)
- Peticionario: I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, con N.I.F.: A95075578.
- Documentación técnica: Proyecto técnico administrativo renovación y paso a configuración doble barra del sistema de 132 kV en la subestación de 132/66/20 kV ST Guadalajara, firmado por Javier Zaballos Nieto y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Salamanca con N.º visado 202304350 y fecha 15/09/2023.
- Características principales de las instalaciones tras la modificación:
Sistema de 132 kV:
Se ha adoptado para la tensión de 132 kV una configuración final de doble barra, en base a aparamenta tipo AIS de intemperie, compuesta por las siguientes posiciones:
- Seis (6) posiciones de línea convencionales de intemperie con configuración DB, L/ Cabanillas-Air Liquide y L/ Alovera-Galápagos, L/ Hijes-Campisabalos-Dos pueblos, L/Fuentes de la Alcarria-Torija, L/Galápagos-Cabanillas del Campo y L/Ciudad del Transporte, tipo AIS con interruptor.
- Cuatro (4) posiciones de transformador de potencia convencionales de intemperie con configuración DB tipo AIS, T-1, AT-2, T-3 y T-4, todas ellas con interruptor.
- Una (1) posición de Enlace de barras convencional de intemperie tipo AIS con interruptor y conexión de ambas barras de 132 kV.
- Dos (2) posiciones de medida convencionales de intemperie sin interruptor, instaladas en cada extremo de los embarrados principales (Medida de barras A2 y Medida de barras B2).
- Dos (2) embarrados principales en base a tubos de aleación de aluminio en configuración de doble barra.
Sistema de 66 kV:
El sistema de 66 kV existente, que no se modificará, presenta una configuración de simple barra partida basada en aparamenta tipo AIS de intemperie compuesta por las siguientes posiciones:
- Cuatro (4) posiciones de línea convencionales de intemperie, L/Guadalajara Renfe 1, L/Sigüenza 1, L/ Guadalajara Renfe 2 y L/Sigüenza 2, tipo AIS con interruptor.
- Dos (2) posiciones de transformador de potencia convencional de intemperie, T-1 y AT-2, tipo AIS con interruptor.
- Una (1) posición de partición de barras convencional de intemperie tipo AIS con interruptor.
- Dos (2) posiciones de medida convencionales de intemperie tipo AIS sin interruptor, instaladas en cada extremo de los embarrados principales (Medida de barras 1 y Medida de barras 2).
Transformador de potencia
En la presente actuación no se modificarán los transformadores instalados siendo la configuración final:
- Un (1) transformador de potencia T-1, de relación de transformación 132/66 kV y 80 MVA(1) de potencia nominal, de instalación en exterior, aislado en aceite mineral, conexión Yy0yd11, con regulación en carga.
- Un (1) transformador de potencia AT-2, de relación de transformación 132/66 kV y 80 MVA de potencia nominal, de instalación en exterior, aislado en aceite mineral, conexión YNyn0(d11), con regulación en carga.
- Un (1) transformador de potencia T-3, de relación de transformación 132/20 kV y 40 MVA de potencia nominal, de instalación en exterior, aislado en aceite mineral, conexión YNd11, con regulación en carga.
- Un (1) transformador de potencia T-4, de relación de transformación 132/20 kV y 40 MVA de potencia nominal, de instalación en exterior, aislado en aceite mineral, conexión YNd11, con regulación en carga.
Sistema de 20 kV.
Celdas 20kV:
En la presente actuación no se modificará el sistema de 20 kV de la subestación, manteniendo la configuración inicial. Estará formada por un módulo con configuración de doble barra en base a celdas de ejecución metálica para interior, constituidos en total por las siguientes posiciones:
- Dos (2) posiciones de transformador blindadas de interior con interruptor (una en cada módulo para alimentación al embarrado).
- Veinte (20) posiciones de línea blindadas de interior con interruptor.
- Dos (2) posiciones de batería de condensadores blindadas de interior con interruptor (una en cada módulo).
- Dos (2) posiciones de alimentación a transformador servicios auxiliares blindadas de interior sin interruptor (una en cada módulo).
- Dos (2) posiciones de medida tensión en barras blindadas de interior sin interruptor, instaladas en la misma celda física.
- Una (1) posición de enlace de barras de interior con interruptor
Todos los circuitos se conectan al embarrado principal a través de un interruptor automático de corte en SF6, excepto los circuitos de servicios auxiliares y los circuitos de medida que se conectan por medio de fusibles calibrados de alto poder de ruptura.
Transformador de Servicios Auxiliares:
Para la alimentación de los servicios propios la subestación se contará con dos (2) nuevos transformadores trifásicos de 250 kVA, relación 20 kV / 0,420- 0,242 kV, instalados en intemperie y alimentados de las celdas de servicios auxiliares.
Reactancia y resistencias de puesta a tierra:
Existen dos (2) reactancias trifásicas de puesta a tierra, una de 1.000 A - 10 segundos (T-4), y una de 500 A- 30s (T-3), que sirven para dar sensibilidad a las protecciones de tierra y dotar a las mismas de una misma referencia de tensión, así como para limitar la intensidad de defecto a tierra en el sistema de 20 kV.
Baterías de condensadores:
Existen dos (2) baterías de condensadores de 7,2 MVAr conectadas en cada uno de los módulos de celdas del sistema de media tensión y asociadas a los transformadores de potencia.
En la actualidad la sustitución de T1 de 30 MVA por nuevo de 80MVA se encuentra en tramitación con n.º de expediente 2401/00152-M2 con resolución de autorización de administrativa previa y de construcción de fecha de 3 de septiembre de 2024.
La anterior descripción tiene carácter meramente indicativo. Para una descripción detallada de la misma se deberá acudir a la documentación técnica que se encuentra en el expediente.
- Ubicación: Parcelas con referencias catastrales 4908802VL8040N0001WT y 4908811VL8040N0001PT, del término municipal de Guadalajara.
- Presupuesto: 4.887.101,17 €
- Finalidad: Mejora de la red de distribución.
Antecedentes de hecho.
Primero: Con fecha 20/09/2023 I-DE Redes Eléctricas Inteligentes S.A.U. presenta solicitudes de autorización administrativa previa y de construcción y con fecha 25/09/2023 de declaración de utilidad pública de la instalación de referencia. Junto con la solicitud se adjunta la documentación técnica.
Segundo: No se realiza trámite ambiental ya que, ni concurre en características propias de Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria o Simplificada, ni la instalación se ubica en áreas protegidas o en zonas de Hábitats-Geomorfología.
Tercero: Mediante anuncio de 22/04/2024, de la Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara, se sometió a información pública en el de la solicitud de autorización administrativa previa y de reconocimiento, en concreto, de utilidad pública, junto con el proyecto técnico de ejecución. Dicho anuncio ha sido publicado en los siguientes medios:
- Diario Oficial de Castilla-La Mancha de 09/05/2024 y Núm. 90.
- Tablón de anuncios electrónico de la administración de la junta de comunidades de Castilla-La Mancha, del 29 de abril al 12 de junio de 2024.
- BOE de 09/05/2024 y Núm. 113.
- BOP de Guadalajara de 12/06/2025 y Núm. 112.
- Tablón de edictos del Ayuntamiento de Guadalajara, del 13/06/2025 al 14/07/2025.
- El periódico de tirada provincial “ABC de Castilla-La Mancha” de 29/04/2024.
- El periódico de tirada provincial “Nueva Alcarria” de 29/04/2024.
Durante el trámite de información pública no se han recibido alegaciones.
Cuarto: En cumplimiento de lo establecido en los artículos 9.3 y 11.2 del Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección y con lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, se remitieron las correspondientes separatas a las Administraciones públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general que fueron identificadas por el peticionario como bienes o servicios a su cargo afectadas por la instalación. Las entidades consultadas, fueron las siguientes (contestan los marcados con *):
- Ayuntamiento de Guadalajara (*).
En relación a las contestaciones realizadas por las AAPP y organismos afectados, y sobre aspectos que versan sobre la autorización administrativa, o del proyecto básico/construcción, se informa que todas las entidades que respondieron a la petición informaron favorablemente a la autorización y, en los casos en los que se estableció condicionado, éste se ha limitado al recordatorio de la legislación medioambiental o sectorial de aplicación, sin repercusión en el proyecto, y ha sido aceptado por el solicitante..
Quinto: La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara cumplió con lo establecido en la resolución de 03/09/2019, de la Dirección General de Transición Energética, sobre delegación de competencias en los/as delegados/as provinciales y elaboró con fecha 31/07/2025 informe favorable para el reconocimiento, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones de referencia.
Sexto: Detectado error en la separata remitida al Ayuntamiento de Guadalajara mencionada en anterior apartado cuarto, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 9.3 y 11.2 del Decreto 80/2007, de 19 de junio, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección y con lo establecido en el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, se reitera con fecha 26/11/2025 la consulta al Ayuntamiento remitiendo la separata correctamente. Transcurrido el plazo reglamentariamente establecido, no se ha recibido respuesta por parte de dicho organismo afectado, por lo que se entiende su conformidad al proyecto.
Séptimo: La Delegación Provincial de Desarrollo Sostenible de Guadalajara cumplió con lo establecido en la resolución de 03/09/2019, de la Dirección General de Transición Energética, sobre delegación de competencias en los/as delegados/as provinciales y elaboró con fecha 29/01/2026 nuevo informe favorable para el reconocimiento, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones de referencia.
Octavo: El Servicio de Instalaciones y Tecnologías Energéticas ha emitido informe favorable para la autorización administrativa previa y de construcción de las instalaciones de referencia.
A estos antecedentes de hecho son aplicables los siguientes
Fundamentos de derecho.
Primero: Esta Dirección General de Transición Energética es el órgano competente para el reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de este tipo de instalaciones según lo establecido en el Decreto 112/2023, de 25 de julio, por el que se establece la estructura orgánica y las competencias de la Consejería de Desarrollo Sostenible.
Segundo: Justificación de la resolución.
El expediente contiene la documentación necesaria para el reconocimiento de la utilidad pública de la instalación y se ha realizado la tramitación según lo establecido en el Decreto 80/2007, de 19/06/2007, por el que se regulan los procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica a tramitar por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y su régimen de revisión e inspección, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalación de energía eléctrica y demás normativa de aplicación.
En relación con el contenido del expediente indicar:
Respecto del conjunto de alegaciones, informes y condicionados presentados, a la vista de la documentación aportada, se entiende que no existe ninguna que impida otorgar el reconocimiento de utilidad pública solicitado.
Cumplidos los trámites reglamentarios y analizada la documentación presentada.
Vistos el Decreto 112/2023; la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; la Ley 2/2020, de 7 de febrero, de Evaluación Ambiental de Castilla-La Mancha; el Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica; el Decreto 80/2007; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalación de energía eléctrica; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación concordante de aplicación.
En su virtud,
Resuelve: Reconocer la Utilidad Pública de las instalaciones eléctricas de referencia, a favor de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU., que llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados, relacionados en el anexo I, exceptuando de dicha declaración en concreto de utilidad pública los bienes demaniales, si los hubiese(se incluirán en dicho listado únicamente con carácter informativo), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico, de 26 de diciembre, lo que llevará implícita la necesidad de ocupación o adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente llevará implícito la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso, servicio público o patrimoniales del Estado, o de la Comunidad Autónoma, o de usos públicos, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre públicas, haciendo constar la conveniencia de que la promotora, en todo lo posible, realice las ubicaciones finales de obra en coordinación con los propietarios y evaluando las afecciones a sus propiedades para tratar de minimizar las afeccionen a las instalaciones e infraestructuras existentes.
Esta resolución no agota la vía administrativa y contra la misma cabe recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Desarrollo Sostenible en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso deberá realizarse a través de medios electrónicos cuando los sujetos recurrentes (o sus representantes) tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente trámite electrónico disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha: https://www.jccm.es , código RKGU (apartado “Tramitación Online”).
Aquellas personas interesadas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Administración podrán utilizar esa misma vía, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra de las recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
Toledo, 10 de marzo de 2026. El Director General de Transición Energética. ALIPIO GARCÍA RODRÍGUEZ
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Titular |
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Superficie Catastral (m2) |
Afección |
Calificación / Uso / Naturaleza |
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Polígono / Manzana / Sector |
Parcela |
Afección pleno dominio (m2) |
Servidumbre de Paso (m2) |
Ocupación Temporal (m2) |
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4908811VL8040N0001PT |
Ayuntamiento Guadalajara (P1915500A) |
Guadalajara |
3.604,00 m2 |
3.604,00 m2 |
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Clase Urbano Uso Industrial Sin edificar |





